Diputados: Sala aprobó veto de la Presidenta a proyecto que prohíbe cheque en garantía por pago de prestaciones de salud

Por 68 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, la Cámara de Diputados aprobó las observaciones de la Presidenta de la República a la moción que prohíbe la exigencia de dinero en efectivo o cheques en garantía por el pago de prestaciones de salud. De esta forma, la iniciativa culminó su trámite en el Congreso y fue enviada al Ejecutivo.

El proyecto (boletín 4269) dispone que los prestadores de salud no podrán exigir, como garantía de pago por las prestaciones que reciba el paciente, el otorgamiento de cheques o dinero en efectivo. En estos casos, se podrá garantizar la atención por otros medios idóneos como registro de la información de una tarjeta de crédito, cartas de respaldo otorgadas por los empleadores, pagarés y letras de cambio.

No obstante, el paciente podrá voluntariamente dejar en pago de las prestaciones cheques o dinero en efectivo.

En el caso de atenciones de emergencia debidamente certificadas por un médico cirujano, se mantiene la norma que establece que no se podrá exigir a los pacientes dinero, cheque u otro tipo de instrumento financiero para garantizar la prestación.

Sanciones

El veto presidencial dispone que la Superintendencia de Salud deberá fiscalizar a los prestadores de salud en el cumplimiento de esta prohibición de exigir cheques y otros instrumentos y sancionar su infracción.

Se establece además que al infractor de estas normas se aplicará una multa, de acuerdo a su gravedad, de 10 a 1.000 UTM. En el caso de prestadores institucionales además de la multa se le eliminará, si procede, del registro prestadores institucionales acreditados y de las entidades acreditadotas, por un plazo de hasta dos años.

En el caso de prestadores individuales, además de la multa serán sancionados, si corresponde, con suspensión de hasta 180 días para otorgar las Garantías Explícitas en Salud, ya sea a través de FONASA de una Isapre, así como para otorgar prestaciones en la modalidad de Libre Elección de FONASA.

En el caso de reincidencia dentro de un periodo de 12 meses, contado desde la comisión de la primera infracción, se aplicará una multa de dos a cuatro veces el monto de la multa aplicada originalmente.

La Superintendencia deberá implementar un sistema de atención continuo y expedito para recibir y resolver los reclamos que sobre esta materia se formulen.

El proyecto original fue presentado en junio de 2006 por los senadores Guido Girardi, José Antonio Gómez, Alejandro Navarro, Carlos Ominami y Mariano Ruiz-Esquide. Luego, en la Comisión de Salud del Senado se aprobó una indicación sustitutiva de los senadores Matthei, Girardi, Kuschel y Ominami, que fue la que finalmente se aprobó en ambas Cámaras.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.