El Banco Central de Chile publica nueva regulación sobre tarjetas de crédito

El Banco Central de Chile publica nueva regulación sobre tarjetas de crédito
 

El Banco Central de Chile publicó el día 28 de septiembre de 2012, en coordinación con la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, la propuesta de modificación del Capítulo III.J.1 del Compendio de Normas Financieras, a objeto de recabar comentarios de partes interesadas y público en general. La mayor parte de las modificaciones que la norma puesta en consulta introduce al Capítulo III.J.1 vigente se mantienen en la versión definitiva. No obstante, a partir de los comentarios recibidos, así como del análisis realizado en conjunto con distintas entidades del sector público, se introdujeron algunas precisiones y modificaciones.
Las principales características de la nueva normativa son:
- Suprime el régimen diferenciado aplicable a aquellos emisores que pagan dentro de tres días de aquellos que lo hacen en un plazo superior.
- Explicita que el universo de emisores fiscalizados corresponde a la totalidad de entidades que asuman responsabilidades de pagos con comercios afiliados no relacionados.
- Fortalece los requisitos de capital, liquidez y de reporte de información para emisores y operadores.
- Aumenta la responsabilidad asignada al gobierno corporativo de las entidades fiscalizadas, especialmente en la formulación de políticas de gestión y control de riesgos de acuerdo a estándares normativos definidos por la Superintendencia.
Los ajustes incorporados en la normativa luego del proceso de Consulta Pública antes mencionado son:
- Se flexibilizó y perfeccionó la regulación aplicable a Operadores de tarjetas de crédito y sistemas similares. Las modificaciones incorporadas tienen el objetivo de facilitar la participación de un mayor número y diversidad de empresas en este mercado. Ello está en línea con algunas de las recomendaciones del reciente informe sobre Inclusión Financiera y Medios de Pago.
- En este contexto también se amplía el giro exigido a las sociedades autorizadas para operar tarjetas de crédito, permitiéndoles al mismo tiempo operar tarjetas de débito.
- Se aumentaron los requisitos de capital aplicables a Operadores que, aún cuando no asuman responsabilidad de pago, canalizan un mayor volumen de operaciones de pago.
Cabe destacar que la normativa del Banco y la correspondiente fiscalización efectuada por la SBIF, forma parte del marco regulatorio y de supervisión más amplio que rige a los emisores de tarjetas de crédito que incluye la legislación y reglamentos de protección al consumidor (contenida en la Ley N°19.496 y los reglamentos del SERNAC financiero), la legislación sobre operaciones de crédito (que entre otros elementos establece los límites de Tasa Máxima Convencional) y, en la medida que emitan valores de oferta pública, la legislación que rige al mercado de valores y a las sociedades anónimas.
La minuta conjunta con la SBIF sobre "Nueva Regulación de Tarjetas de Crédito" contiene mayores detalles de la normativa actualizando la minuta publicada en Septiembre 2012:
http://www.bcentral.cl/prensa/otros/pdf/19042013_minuta.pdf
Un segundo documento del Banco Central contiene un resumen de los comentarios recibidos del público durante el periodo de consulta:
http://www.bcentral.cl/prensa/otros/pdf/19042013_comentarios.pdf.
Se deja constancia, que la publicación en el Diario Oficial del nuevo Capítulo III.J.1 del Compendio de Normas Financieras se efectuará en la edición correspondiente al día sábado 20 de abril en curso.

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