La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción declaró –el miércoles 3 de abril- admisible el recurso de protección presentado por Enrique y Jacqueline van Rysselberghe Herrera, en contra de Empresas Parque Ltda., Constructora e Inmobiliaria, por los trabajos que realiza en las laderas del Cerro Amarillo o Gavilán, sitio definido como de Conservación Histórica y Paleontológica.


La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción declaró –el miércoles 3 de abril- admisible el recurso de protección presentado por Enrique y Jacqueline van Rysselberghe Herrera, en contra de Empresas Parque Ltda., Constructora e Inmobiliaria, por los trabajos que realiza en las laderas del Cerro Amarillo o Gavilán, sitio definido como de Conservación Histórica y Paleontológica.

En el fallo (causa rol 373-2013), la sala integrada por la ministra Patricia Mackay Foigelman, la fiscal judicial Miriam Barlaro Lagos y la abogada integrante Sara Herrera Merino, dispuso que el recurrido debe entregar un informe sobre la situación, teniendo un plazo de ocho días para reunir todos los antecedentes. Sin embargo, no se acogió la orden de no innovar solicitada.

Asimismo, se ofició al municipio de Concepción, a las seremi de Vivienda y Bienes Nacionales, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Corporación Nacional Forestal, para que informen si existen las autorizaciones respectivas para las faenas y si éstas se ajustan al plan regulador comunal, atendiendo que se trata de un Inmueble de Conservación Histórica y Paleontológica.

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