La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción declaró –el miércoles 3 de abril- admisible el recurso de protección presentado por Enrique y Jacqueline van Rysselberghe Herrera, en contra de Empresas Parque Ltda., Constructora e Inmobiliaria, por los trabajos que realiza en las laderas del Cerro Amarillo o Gavilán, sitio definido como de Conservación Histórica y Paleontológica.
La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de
Concepción declaró –el miércoles 3 de abril- admisible el recurso de
protección presentado por Enrique y Jacqueline van Rysselberghe Herrera,
en contra de Empresas Parque Ltda., Constructora e Inmobiliaria, por
los trabajos que realiza en las laderas del Cerro Amarillo o Gavilán,
sitio definido como de Conservación Histórica y Paleontológica.
En el fallo (causa rol 373-2013), la sala integrada
por la ministra Patricia Mackay Foigelman, la fiscal judicial Miriam
Barlaro Lagos y la abogada integrante Sara Herrera Merino, dispuso que
el recurrido debe entregar un informe sobre la situación, teniendo un
plazo de ocho días para reunir todos los antecedentes. Sin embargo, no
se acogió la orden de no innovar solicitada.
Asimismo, se ofició al municipio de Concepción, a las
seremi de Vivienda y Bienes Nacionales, al Consejo de Monumentos
Nacionales y a la Corporación Nacional Forestal, para que informen si
existen las autorizaciones respectivas para las faenas y si éstas se
ajustan al plan regulador comunal, atendiendo que se trata de un
Inmueble de Conservación Histórica y Paleontológica.
Comentarios