Diputados aprobaron que las resoluciones de los juzgados de policía local sean notificadas por la vía electrónica



Publicado el 26 de septiembre del 2018

La iniciativa, despachada ahora al Senado, suma una alternativa acorde con los actuales tiempos al vigente sistema de carta certificada. La Corporación también aprobó en general una iniciativa que incluye a los secretarios abogados titulares de estos juzgados en las ternas para proveer el cargo de juez en dichos tribunales.

    Por la unanimidad de 129 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó, en general y en particular, el proyecto (boletín 11476) que permite que las resoluciones de los juzgados de policía local sean notificadas por la vía electrónica.

    El actual procedimiento ordinario establece que las resoluciones se notificarán por carta certificada, la que deberá contener copia íntegra de aquéllas. Asimismo, especifica que se notificarán personalmente o por cédula las sentencias que impongan multas superiores a 5UTM, las que cancelen o suspendan licencias para conducir y las que regulen daños y perjuicios superiores a 10UTM.

    A seguir, la ley vigente detalla que la sentencia que imponga pena de prisión será notificada en persona al condenado. Se entenderá practicada la notificación por carta certificada, al quinto día contado desde la fecha de su recepción por la oficina de Correos respectiva, lo que deberá constar en un libro que, para tal efecto, deberá llevar el secretario. Si la carta certificada fuese devuelta por la oficina de correos por no haberse podido entregar al destinatario, se adherirá al expediente. Lo anterior es sin perjuicio de la aplicación de las reglas generales sobre nulidad procesal.

    El proyecto, ahora enviado a consideración del Senado, agrega a lo anterior que "cualquiera de las partes podrá solicitar para sí una forma de notificación electrónica, la que el tribunal podrá aceptar si cuenta con los medios idóneos para ello y, en su opinión, resultare suficientemente eficaz y no causare indefensión".

    También se indica que la notificación se entenderá practicada a partir del momento mismo del envío correspondiente y aclara que, cuando fuese aceptada esta forma de notificación por el tribunal, será válida para todas las resoluciones dictadas durante el proceso, con excepción de casos específicos que se indican en la propuesta.

    Los juzgados de policía local deberán publicitar en el sitio de internet de la municipalidad correspondiente y en un lugar visible del oficio del tribunal, las cuentas de correo electrónico u otras cuentas o dominios específicos de medios tecnológicos de los que se valdrán para practicar las notificaciones electrónicas, además de individualizarlos en las resoluciones que se pronuncien sobre las propuestas que se le formulen conforme a lo recién explicado.

    Finalmente, el proyecto indica que, para los efectos de la notificación electrónica, el juzgado de policía local deberá haber informado a la Corte de Apelaciones respectiva, las cuentas de correo electrónico u otras cuentas o dominios específicos de medios tecnológicos de los que se valdrá para practicar las notificaciones electrónicas.

    Postulación al cargo de juez

    En esta misma sesión, la Sala se pronunció respecto de una segunda iniciativa (boletín 11475) que involucra a los juzgados de policía local y que apunta directamente a incluir a los secretarios abogados titulares que se desempeñan en ellos en las ternas que se presentan para proveer el cargo de juez en dichos tribunales.

    La iniciativa se motivó tras constatarse que la ley vigente no contempla algún mecanismo que permita reconocer la experiencia de los secretarios abogados titulares quienes, a lo largo del desempeño de su cargo, adquieren un inmejorable bagaje respecto del funcionamiento del tribunal y del juzgamiento de las causas que, conforme a la ley, debe conocer.

    La propuesta, enviada para segundo informe a la Comisión de Constitución, dada la presentación de indicaciones, plantea específicamente que “cuando en el Juzgado que cause la vacante el cargo de secretario abogado titular haya sido servido por al menos diez años por funcionario calificado con mérito, y éste se encuentre en ejercicio, se agregará su nombre por derecho propio a la terna, previa expresión de su interés en el cargo".

    Ambos proyecto fueron iniciados en moción por un grupo de diputados encabezados por Gonzalo Fuenzalida (RN).

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