Despachado proyecto de postnatal de seis meses.La Sala del Senado en sesión especial aprobó en forma unánime el informe de la Comisión Mixta que zanjó diferencias en torno a polémico artículo de la iniciativa









De este modo, la Sala aprobó en forma unánime, el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias surgidas en torno al controvertido artículo sexto de la iniciativa.







Cabe recordar que la mencionada norma fue rechazada anoche por el Senado por considerar que perjudicaba a las funcionarias públicas y en particular a las de zonas extremas que iban a ver mermadas sus remuneraciones.







No obstante, el Parlamento y el Gobierno lograron un acuerdo que fue zanjado esta mañana por la Comisión Mixta de senadores y diputados, por lo que la iniciativa quedó en condiciones de votarse en Sala.







En lo fundamental, la disposición permitirá que las asignaciones de zona y las de zonas extremas que perciben las y los funcionarios del sector público, sean consideradas en el cálculo del subsidio.







El artículo aprobado señala que "los y las funcionarias del sector público a que se refiere el inciso primero del artículo 194 del Código del Trabajo, tendrán derecho al permiso postnatal parental y al subsidio que éste origine en los mismos términos del artículo 197 bis del referido Código. A este subsidio se le aplicarán las normas correspondientes del decreto con fuerza de ley N° 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social".







También dispone que "a este permiso no le será aplicable lo dispuesto en el artículo 153 del decreto con fuerza de ley N°1, de 2005 del Ministerio de Salud que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763 de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N°18.469".







Del mismo modo señala que un reglamento dictado por el Ministerio de Hacienda, suscrito además por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, determinará la forma y el procedimiento en que la funcionaria podrá hacer uso del derecho a reincorporarse a sus funciones durante el goce de este permiso. Además, establecerá los criterios que el Servicio o Institución empleadora deberán utilizar para determinar la jornada que le corresponderá cumplir. Para ello podrá considera la escala de remuneraciones y el grado que ella detente, entre otros factores.







Sin perjuicio de lo establecido, las funcionarias continuarán percibiendo la asignación de zona y sus normas complementarias, así como las bonificaciones especiales que beneficien a las zonas extremas del país.







El pago de estas remuneraciones corresponderá al Servicio o Institución empleadora.



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