Diputados: Moción regula el término anticipado de los servicios de telecomunicaciones





Publicado el 27 de septiembre del 2012



La iniciativa, presentada por los diputados Santana y Edwards, indica que, en el caso de contratos de servicios de telecomunicaciones, el consumidor podrá siempre poner término al contrato y/o sus servicios complementarios, comunicándolo al proveedor vía telefónica o electrónica.



Avanzando en la defensa de los derechos de los consumidores, los diputados RN Alejandro Santana y José Manuel Edwards presentaron el pasado jueves 13 de septiembre un proyecto (boletín 8594) que busca regular el término anticipado de los servicios de telecomunicaciones, autorizando la cancelación de un contrato por vía telefónica o electrónica.



La iniciativa, derivada a la Comisión de Economía para su estudio, modifica la Ley 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, indicando en forma específica que, en el caso de contratos de servicios de telecomunicaciones, el usuario podrá siempre poner término al contrato y/o sus servicios complementarios, comunicándolo al proveedor vía telefónica o electrónica.



Además, se establece que, una vez recibida la comunicación, el proveedor deberá otorgar al consumidor un número que identifique la solicitud y proceder a hacer efectivo el término de él o los servicios en un plazo máximo de 10 días hábiles.



Los parlamentarios explicaron que la legislación vigente no contempla ninguna norma que permita a los consumidores poner término unilateral y anticipadamente a los contratos celebrados con los proveedores, quienes gozan de absoluta libertad para fijar, según sus propios criterios económicos, las condiciones de desvinculación contractual.



Acotaron que, la única excepción, estaría dada para el servicio público telefónico. “Establece expresamente la facultad del suscriptor de poner término al contrato de suministro de servicio de telefonía fija o móvil, previo aviso escrito a la compañía. Complementariamente a este derecho, la norma impone a la compañía la obligación de proceder a poner término al suministro en el plazo de 10 días contados desde la presentación de la solicitud”, especificaron.



Informaron que la propuesta se condice con la legislación comparada de países como España, en donde se ha reconocido legalmente el derecho de los consumidores a poner término anticipado a los contratos de telecomunicaciones, condicionándolo sólo a una comunicación previa expedida con a lo menos dos días de antelación.

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