DIPUTADO VALLESPÍN CELEBRAN RÁPIDO AVANCE DE PROYECTO QUE FIJA DERECHOS DE TRABAJADORES FRENTE A QUIEBRA DE LA EMPRESA
Esperando que la iniciativa pueda votarse, a la brevedad, en la Sala de la Cámara, hoy, el diputado DC Patricio Vallespín valoró el trabajo realizado por la comisión de Trabajo en orden a aprobar el proyecto que establece derechos de los trabajadores en casos de quiebras de las empresas. “Un tema de suma importancia en periodos de crisis como el actual y que, esperamos, cuente con todo el apoyo parlamentario necesario para su despacho”.
Al respecto, agregó que el proyecto señala que, en caso de quiebra, algunas empresas no pagan las indemnizaciones por años de servicio a sus empleados, argumentando que son "caso fortuito o de fuerza mayor. Con esta iniciativa, buscamos terminar con esta injusta práctica que perjudica a los trabajadores”.
Señaló, además, que “este proyecto perfecciona la legislación en el caso de quiebra, resguardando básicamente el derecho de los trabajadores a poder acceder a su remuneraciones y a las indemnizaciones que tendrían lugar si no se hubiese producido por quiebra el término de la empresa o de la relación laboral”.
“Lo que se ha establecido en este proyecto de ley, es que el motivo por el cual termina la relación laboral son necesidades de la empresa por quiebra y eso da derecho a la indemnización sustitutiva del aviso previo, es decir esto garantiza para los trabajadores, 30 días más de remuneraciones”.
Durante la discusión del proyecto se estableció un tope respecto de la indemnización que se entregará, determinando finalmente que este será el ingreso mínimo remuneracional, que es el que se reajusta año a año en el Congreso, estipulando además, que pese a que el límite de indemnización para la Ley de Quiebra era de 10 años de servicio, en este caso será equiparado a los 11 años, tal como es el régimen indemnizatorio que hoy en día está vigente
Al respecto, agregó que el proyecto señala que, en caso de quiebra, algunas empresas no pagan las indemnizaciones por años de servicio a sus empleados, argumentando que son "caso fortuito o de fuerza mayor. Con esta iniciativa, buscamos terminar con esta injusta práctica que perjudica a los trabajadores”.
Señaló, además, que “este proyecto perfecciona la legislación en el caso de quiebra, resguardando básicamente el derecho de los trabajadores a poder acceder a su remuneraciones y a las indemnizaciones que tendrían lugar si no se hubiese producido por quiebra el término de la empresa o de la relación laboral”.
“Lo que se ha establecido en este proyecto de ley, es que el motivo por el cual termina la relación laboral son necesidades de la empresa por quiebra y eso da derecho a la indemnización sustitutiva del aviso previo, es decir esto garantiza para los trabajadores, 30 días más de remuneraciones”.
Durante la discusión del proyecto se estableció un tope respecto de la indemnización que se entregará, determinando finalmente que este será el ingreso mínimo remuneracional, que es el que se reajusta año a año en el Congreso, estipulando además, que pese a que el límite de indemnización para la Ley de Quiebra era de 10 años de servicio, en este caso será equiparado a los 11 años, tal como es el régimen indemnizatorio que hoy en día está vigente
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