diputados, aprueban en general proyecto que cambia fecha de elecciones presidenciales

La iniciativa, aprobada por 108 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, adelanta la celebración de los comicios presidenciales al tercer domingo de noviembre y fija una eventual segunda vuelta para cuatro domingos después de la primera votación, en diciembre.

La idea central del proyecto (boletín 6946) tiene por objeto reformar la Constitución Política para facilitar el ejercicio del derecho a sufragio, además de armonizar las fechas de elecciones presidenciales especiales con el nuevo sistema de inscripción automática y voto voluntario.

El texto corresponde a un mensaje del Ejecutivo, ingresado a trámite el 18 de mayo de 2010, cuyo objetivo es reformar la Carta Fundamental para armonizar las fechas de elecciones presidenciales.

La iniciativa contiene normas que requieren un quórum de aprobación de los tres quintos de los parlamentarios en ejercicio, en este caso el voto afirmativo de al menos 72 diputados.

En primer término, la reforma cambia las fechas de las elecciones presidenciales y parlamentarias al tercer domingo de noviembre del año anterior al cese de funciones del Mandatario o los legisladores.

En el caso de requerirse una segunda vuelta presidencial está se llevará a cabo el cuarto domingo posterior a la primera votación. Además, precisa que el proceso calificatorio de la elección presidencial deberá quedar concluido dentro de los quince días siguientes en el caso de la primera elección o dentro de los treinta días siguientes en el caso de segunda vuelta.

En segundo lugar, regula la realización de nuevas elecciones presidenciales en caso de fallecimiento de los candidatos a segunda vuelta, impedimentos que afecten el Presidente electo para asumir la primera magistratura o vacancia del cargo de Presidente de la República dos o más años antes de la próxima elección.

En el primer caso disminuye a 10 días el plazo para convocar a una nueva elección y establece que en todas estas circunstancias la nueva elección se realizará 120 días después de la convocatoria, siempre que dicho plazo coincida con un día domingo. En caso contrario, la elección se realizará el domingo inmediatamente siguiente.

En tercer lugar, el proyecto regula la fecha de las votaciones plebiscitarias, señalando que ésta se llevarán a cabo 120 días después de la publicación del decreto que la convoca, aplicando similar procedimiento anterior para que coincida con un día domingo.

En otro aspecto, aumenta de noventa a ciento veinte días antes de la cesación en el cargo de Presidente de la República, el plazo en que el Primer Mandatario no podrá salir del territorio nacional sin el acuerdo del Senado.

Finalmente, establece que el Presidente y los diputados que comiencen su período el 11 de marzo de 2014, finalizarán en el cargo el 1 de marzo de 2018. Los Senadores, en tanto, que asuman en el cargo el día 11 de marzo de 2014, finalizarán su período el día 1 de marzo de 2022, mientras que los Senadores que asuman en el cargo el día 11 de marzo de 2018 finalizarán su período el 1° de marzo de 2026.

El diputado Alberto Cardemil (RN) destacó que esta iniciativa se hace cargo de la molestia que provoca en la gente el hecho de que la segunda vuelta de los comicios presidenciales se realice en pleno periodo estival, obligando a mucha gente a alterar su descanso de verano.

“A esto se agregan otras modificaciones de corrección de plazos y adelanto de la fecha de la asunción presidencial de tal manera que el Presidente inicie su periodo junto con marzo, cuando se reanuda la vida nacional, empieza a volver la gente de vacaciones, los niños a los colegios y se reactiva la vida social, política y económica chilena. Es bueno que el Presidente asuma el primero de marzo, junto con los chilenos que vuelven de vacaciones”, indicó.

“Este proyecto ha despertado una amplia adhesión porque es una buena solución para la gente, para la corrección, eficacia y transparencia (de los procesos electorales)”, agregó el parlamentario RN.

El diputado René Saffirio (DC) recordó que una modificación anterior a la Constitución estableció la inscripción automática en los registros electorales y el voto voluntario pero hizo presente que aún no se dicta la ley orgánica que ponga en marcha dicha reforma.

“Nosotros esperábamos que en este proyecto se hubieran incorporado todas aquellas normas que tienen que ver con nuestra institucionalidad electoral, lo que no ocurrió. Aquí lo que se está haciendo sólo es calzar las fechas entre una primera y segunda vuelta de las elecciones presidenciales con las elecciones de parlamentarios pero no hemos avanzado más allá, incluso en aquellas materias que tienen que con el voto de los chilenos en el extranjero”, expresó el legislador DC.

“Hubiéramos deseado que se asumieran más integralmente los temas asociados a las instituciones de carácter electoral, con el objeto de poder despacharlas con la mayor antelación posible”, recalcó Saffirio.

En tanto, el Ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, valoró el apoyo a esta iniciativa y aseguró que ella forma parte de una agenda de reformas políticas que el Gobierno del Presidente Piñera planea llevar adelante y cuyo propósito es perfeccionar nuestra institucionalidad democrática, incentivar la participación electoral y acercar las instituciones representativas a los ciudadanos.

Especificó que dentro de esas reformas se cuentan la inscripción automática, el voto voluntario y la votación de los chilenos en el exterior, que ya se están discutiendo en el Congreso Nacional, a los que se sumarán luego proyectos para facilitar consultas ciudadanas, la iniciativa popular de ley y perfeccionamientos a la Ley de Partidos Políticos.

Antecedentes generales

La presente reforma busca evitar que de ser necesaria una segunda vuelta presidencial, esta deba realizarse en el mes de enero, en pleno período de vacaciones de una parte importante de la ciudadanía, tal como ha ocurrido en las últimas tres elecciones presidenciales. El Ejecutivo señala que esto afecta no sólo al grupo familiar sino también a la actividad turística.

Por otra parte, el texto busca ir en armonía con los proyectos de inscripción automática y voto voluntario, donde la mantención de los actuales plazos, podría implicar un aumento significativo de la abstención, principalmente en el caso de los jóvenes que, precisamente, constituyen el sector cuya participación se desea incrementar.

Asimismo, se aumentan los plazos para la realización de nuevas elecciones, por cuanto el nuevo sistema de inscripción automática y voto voluntario que se proyecta implementar, implica la preparación de padrones de mesa especiales para cada elección, los que podrán ser sujeto de auditorías y reclamaciones que exigen mayor tiempo que los actualmente establecidos, los que de mantenerse harían imposible el nuevo mecanismo.

Tras aprobarse la idea de legislar, el Gobierno retiró la urgencia y el proyecto fue devuelto a la Comisión de Constitución para la discusión en particular y la votación de indicaciones

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