Diputados: Reforma Tributaria será analizada por la Comisión de Hacienda el próximo martes

 Reforma Tributaria será analizada por la Comisión de Hacienda el próximo martes

Publicado el 29 de agosto del 2014

La instancia se reunirá con el Ministro Alberto Arenas con el objeto de estudiar los variados cambios que realizó el Senado al texto que fuera despachado por la Cámara de Diputados en el primer trámite legislativo.

    Con la presencia del Ministro de Hacienda, Alberto Arenas, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados está convocada el próximo martes 2 de septiembre de 2014, de 15:30 a 18:00 horas, con el objeto de dar inicio a la discusión y estudio de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de reforma tributaria (boletín 9290).

    La Comisión, instancia que preside el diputado Pablo Lorenzini (DC), se dará cita en forma especial en la Sala de Lectura de la Biblioteca del Congreso Nacional y contempla en su convocatoria la exposición del Ministro Alberto Arenas.

    En su paso por el Senado, el texto despachado por la Cámara (14 de mayo) experimentó múltiples cambios, tanto de forma como de fondo, gran parte de los cuales fueron consensuados en un protocolo que fue firmado en julio y al cual tuvieron también acceso los diputados. Este documento, en la práctica, vino a desentrabar el debate y facilitó la adhesión de votos del sector opositor y la aprobación de la propuesta legal el 19 de agosto pasado.

    Uno de los temas que experimentó variaciones después de una larga discusión, por ejemplo, fue el de la “renta atribuida”. Al respecto, el Senado determinó incluir el concepto dentro de la definición de renta (“utilidades que se perciban devenguen o atribuyan”) y especificó que se entenderá por tal “aquella que, para efectos tributarios, corresponda total o parcialmente a los contribuyentes de los impuestos global complementario o adicional, al término del año comercial respectivo, atendido su carácter de propietario, comunero, socio o accionista de una empresa sujeta al impuesto de primera categoría conforme a las disposiciones del artículo 14, letra A) y demás normas legales, en cuanto se trate de rentas percibidas o devengadas por dicha empresa, o por aquellas que le hubiesen sido atribuidas de empresas en que ésta participe y así sucesivamente”.

    El Senado también ahondó sobre las modalidades de tributación a la que los contribuyentes podrán acceder: régimen integrado de renta atribuida, con una tasa de primera categoría de 25%; y parcialmente integrado de tributación, con una tasa de impuesto de primera categoría a las empresas de 27%. Para ambos casos rige el término del FUT y se exige una mantención en el régimen de tributación escogido por a lo menos cinco años comerciales consecutivos y, en caso de variar de un sistema a otro, todo lo que no se pagó de impuestos deberá hacerlo al momento del cambio.

    Cabe mencionar que, pese a las modificaciones establecidas, la normativa mantiene sus objetivos principales: aumentar la carga tributaria para financiar, con ingresos permanentes, gastos fijos en materia educacional, salud y previsión social, entre otros; reducir el actual déficit estructural; avanzar en equidad tributaria, mejorando la distribución del ingreso; introducir nuevos y más eficientes mecanismos de incentivos al ahorro e inversión; y reducir la evasión y la elusión. Asimismo, tampoco se vería afectada la recaudación en régimen, calculada en 3,02% del PIB, esto es, cerca de 8 mil 200 millones de dólares.

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