Buscan mejorar medidas de seguridad contra incendios en los edificios

La iniciativa modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones para mejorar la seguridad en los edificios, tomando en cuenta el aumento de tecnologías eléctricas, la complejidad de las edificaciones en altura y la escasa normativa al respecto.

Actualmente, en nuestro país para los edificios de altura se exigen detectores de humo, pero sin indicar una ubicación precisa, por lo que habitualmente estos se colocan en los pasillos de distribución, activándose cuando el fuego al interior de los departamentos ya es de importancia.

Junto con ello, la moción menciona que existe un vacío en la legislación sobre aspectos de fiscalización de las medidas, lo que se producen tanto en la obtención de los permisos de edificación, en la recepción final y durante la vida útil del edificio.

Además, no existen fiscalizaciones que tengan un carácter preventivo, y que se realicen con la periodicidad y constancia que permita evaluar los posibles riesgos y solucionarlos antes de que se presenten los siniestros. Las normas actuales tampoco abordan aspectos de sanciones para aquellos que incumplan la norma, cuando no existen daños asociados a ello.

De este modo, el proyecto de ley (boletín 6389) establece que tratándose de una obra nueva, las Direcciones de Obras Municipales, antes de otorgar la recepción final, podrán solicitar la entrega de un certificado de prueba, que acredite la existencia y el buen estado de operación de las redes húmedas, secas, inertes, zonas verticales de seguridad y sistemas de detección de humo y calor de la construcción, emitido por las empresas certificadoras, que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento respectivo.

También se propone fiscalizar el mantenimiento de las condiciones generales de seguridad contra incendio y el funcionamiento de las instalaciones de emergencia de los edificios.

De la misma forma, las fiscalizaciones en materia de seguridad contra incendios, deberán realizarse anualmente por parte del Comité de Administración junto con las empresas certificadoras, que se encuentren debidamente acreditadas ante los Consejos Regionales de Bomberos, con el objeto de controlar la mantención de las condiciones técnicas de los sistemas de seguridad y asegurar su adecuado funcionamiento en caso de emergencia.

El no cumplimiento de esta obligación, será sancionado con una multa a beneficio fiscal que irá desde 15 a 30 UTM ($533.990 a $1.105.980) sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los daños causados con ocasión del incendio y que se deban a su falta de diligencia.

El proyecto fue presentado por los parlamentarios RN, Francisco Chahuán, Joaquín Godoy, Rosauro Martínez, Cristián Mockeberg, Osvaldo Palma, Lily Pérez, Roberto Sepúlveda, Ximena Valcarce y Alfonso Vargas y será analizado por la Comisión de Vivienda.

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