Diputados: Ejecutivo presentó proyecto que aumenta las sanciones a quienes conducen en estado de ebriedad

Ejecutivo presentó proyecto que aumenta las sanciones a quienes conducen en estado de ebriedad
Publicado el 18 de mayo del 2011

Según explicó el Ministro Errázuriz a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, la propuesta consideró materias presentes en cerca de una quincena de mociones parlamentarias.

Cumpliendo un compromiso establecido hace algunas semanas atrás, el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Pedro Pablo Errázuriz, presentó ante los diputados de la Comisión del ramo un proyecto (boletín 7652) que aumenta las sanciones por manejar en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes, sicotrópicas o alcohol.

La discusión sobre el tema surgió en el contexto del análisis que efectuó la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados sobre el proyecto (boletín 7340) que modifica la Ley de Tránsito, con el fin de aumentar las sanciones a quienes ocasionen accidentes con resultado de muerte, iniciativa que fue ingresada a trámite por los diputados UDI Gustavo Hasbún, María José Hoffman y Mónica Zalaquett; PPD Pepe Auth y Joaquín Tuma; RN René Manuel García; DC Mario Venegas; y PS Clemira Pacheco.

El Ministro Errázuriz destacó que el proyecto presentado a los legisladores fue elaborado en forma conjunta por los Ministerios de Salud, Interior, Justicia y Transporte. Dijo que la propuesta baja los grados alcohólicos; diferencia la conducción bajo la influencia del alcohol de la realizada en estado de ebriedad; y hace las sanciones más duras.

Destacó que la iniciativa se basó en un estudio de legislación comparada y medidas propuestas en una quincena de mociones parlamentaria que buscaron abordar el tema. Indicó que hubo un consenso muy amplio en la Comisión para apoyar un alza de sanciones y estimó que la propuesta va a avanzar “con buen paso”.

Como ejemplo, señaló que si una persona es detenida por segunda vez bajo la influencia del alcohol y ha matado a alguien, en ese caso se le retira la licencia de por vida. En caso que no haya habido muerte de por medio, podría apelar después de doce años.

La diputada Alejandra Sepúlveda (PRI) se mostró satisfecha con el proyecto, aunque sostuvo que es preciso analizarlo y confrontarlo con las opiniones de expertos que serán invitados a la Comisión. “Estoy de acuerdo con la tolerancia cero. Tenemos que dar una señal al país en términos de cambios culturales y políticos, de decir que no es posible que una persona que beba pueda conducir. Eso es lo más potente que puede decir la Cámara de Diputados”, recalcó.

El diputado Gustavo Hasbún, Presidente de la Comisión, dijo que, en general, se sintió satisfecho con la iniciativa, pero estimó que debe ser perfeccionada, sobre todo en lo relacionado con conductores en estado de ebriedad que causen lesiones graves o muerte a las personas.

“Creemos que ahí hay una falencia importante, las penas son bajas y creemos que se debe ser más duro, con medidas ejemplificadoras para que no se vuelvan a cometer. En el caso que muera una persona, por ejemplo, no esperar la reincidencia para esperar caducar la licencia de conducir, sino que se haga inmediatamente, y que cuando se cause lesiones graves, la suspensión de las licencias sea de diez años porque insistimos que hay que terminar con la impunidad”, enfatizó.

Anunció que, como Comisión, se pusieron un plazo de quince días para aprobar el proyecto y tenerlo despachado a fines de junio a la Sala. Dijo que se invitará en las próximas sesiones al Ministro de Salud, al Consejo Nacional de Control de Estupefacientes (CONACE), a la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET), a Carabineros de Chile y al Ministerio Público.

La iniciativa ingresada por el Ejecutivo modifica el límite inferior permitido, entendiendo que hay desempeño bajo la influencia del alcohol cuando el informe o prueba arroje una dosificación superior a 0,3 gramos por mil de alcohol en la sangre. Se modifica también el límite de lo que se considera como estado de ebriedad, fijando en 0,8 en lugar de 1,0 gramos por mil de alcohol en la sangre.

Además, varía el tiempo durante el cual se suspende la licencia de conductor, dependiendo de si se produce un resultado -daño material o lesiones- como efecto de la conducta (conjuntamente con la aplicación de multas).

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