diputados: Presentan proyecto que tipifica el delito de falsa denuncia


             diputados: Presentan proyecto que tipifica el delito de falsa denuncia

Publicado el 27 de marzo del 2013
La iniciativa, presentada por un grupo misceláneo de diputados, propone que se imponga el máximo de las penas previstas cuando, en virtud de la imputación falsa, se prive de libertad a la persona acusada.
En la perspectiva de relevar la seriedad que todo acto de denuncia debe tener y asignar a quienes la realizan la necesaria cuota de responsabilidad, un grupo transversal de diputados, encabezados por Fidel Espinoza (PS), presentó un proyecto (boletín 8834) que tipifica el delito de falsa denuncia.

La moción, enviada a la Comisión de Constitución para su estudio, fue ingresada a trámite legislativo el pasado 14 de marzo por el diputado Espinoza junto a sus compañeros de bancada Alfonso De Urresti y Clemira Pacheco y los diputados IC Sergio Aguiló; UDI Gustavo Hasbún y Andrea Molina; PPD Adriana Muñoz y Marco Antonio Núñez; y DC Ricardo Rincón.

Específicamente, la propuesta indica que “el que ante el Ministerio Público, sus órganos auxiliares o los tribunales de justicia, con conocimiento de su falsedad, impute a otro la comisión de un delito falso o de uno verdadero actualmente perseguible de oficio, pero del cual el imputado no es responsable, sufrirá las penas de reclusión menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales (entre 240 mil pesos y 400 mil pesos).

La moción también indica que se impondrá el máximo de las penas previstas en el inciso anterior cuando en virtud de la imputación falsa se prive de libertad a una persona imputada por el responsable.

“El presente proyecto tiene por finalidad establecer un marco adecuado para el castigo de los delitos contra la administración de justicia, específicamente, pretende superar la problemática construcción del delito de denuncia calumniosa, con diversas interpretaciones en torno a su aplicación. De ahí que se propone sancionar derechamente la presentación de imputaciones falsas, ya sea por la inexistencia del delito o bien, en casos que exista un delito, se atribuya deliberadamente la participación de una persona inocente”, puntualizaron los autores.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Historia de la ex Escuela Alemana de Llanquihue