Más de 4 Mil Millones de pesos en Bonificaciones para Propietarios Forestales de Bosque Nativo

Más de 4 Mil Millones de pesos en Bonificaciones para Propietarios Forestales de Bosque Nativo



Fecha: 27-03-2013 RSS
 
Bosque NativoCuatro mil 150 millones de pesos es el total de recursos a distribuir entre propietarios forestales del país que postulen a la versión 2013 del Fondo de Conservación, Recuperación y Manejo Sustentable del Bosque Nativo, dispuesto en la Ley 20.283, más conocida como Ley de Bosque Nativo.
 
Así lo informó Luis Mayol, Ministro de Agricultura, quien destacó que “este fondo tiene la particularidad de reservar exclusivamente recursos para los pequeños propietarios forestales que postulen con proyectos de diversa índole, tanto para financiar los costos de actividades que favorezcan la regeneración, recuperación o protección de los bosques de preservación y formaciones xerofíticas de alto valor ecológico, como para las relacionadas con la producción, tanto de madera como de productos no madereros provenientes de los bosques nativos, como frutos, mieles o leña, por ejemplo”.
 
Anualmente, los recursos del Fondo se asignan por medio de dos concursos, uno de los cuales deberá ser destinado exclusivamente a pequeños propietarios forestales.
 
Para el presente año, el período de postulaciones al primer llamado será entre el miércoles 27 de marzo al miércoles 19 de junio hasta las 12:00 horas, para las solicitudes que se efectúan en papel; en tanto que las realizadas vía internet, se extenderá hasta el lunes 24 de junio a las 15:00 horas.
 
Eduardo Vial Ruiz-Tagle, Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), organismo a cargo del proceso, llamó a los interesados a informarse en la página www.concursolbn.conaf.cl, portal electrónico en donde también se podrá postular los proyectos de los pequeños propietarios forestales y del resto de interesados.
 
Vial indicó, además, que “en el evento que en el primer llamado a concurso de este año no se asigne la totalidad de los recursos disponibles, CONAF puede efectuar una segunda convocatoria con los recursos remanentes no adjudicados”.
 
Cabe señalar que las bonificaciones dispuestas en la ley tienen un tope de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) para las actividades de preservación y producción no maderera, y de 10 UTM para las actividades de producción maderera, que pueden incrementarse en 15% si el beneficiario es un pequeño propietario forestal. Asimismo, los montos máximos a bonificar por actividad están debidamente indicados en una tabla de valores, que se encuentra publicada en el portal mencionado.
 



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