Pendiente proyecto que permite prescribir lentes a profesionales que no sean médicos
La iniciativa debatida este jueves por los diputados, permite a tecnólogos médicos y a otros "profesionales de colaboración médica", prescribir ayudas técnicas como lentes, rodilleras o sillas de ruedas.
Por concluir la Orden del Día, la Sala de la Cámara de Diputados acordó continuar debatiendo en su próxima sesión esta moción (boletín 5684) de las diputadas Karla Rubilar, María Angélica Cristi, Ximena Valcarce y de los diputados Juan Lobos, Jaime Mulet, Carlos Olivares, Marco Núñez, Fulvio Rossi y Roberto Sepúlveda.
Originalmente, el propósito del texto legal era permitir la existencia de la profesión de optómetra. No obstante, durante su tramitación en la Comisión de Salud de la Cámara, recibió una indicación sustitutiva para permitir que los tecnólogos médicos y otros "profesionales de colaboración médica", puedan recetar ciertas ayudas técnicas como lentes, rodilleras o sillas de ruedas.Prescripción de fármacos El proyecto de ley encomienda a un reglamento, que deberá dictarse con posterioridad a la publicación de la ley, la definición de las ayudas técnicas, fármacos de uso tópico y tratamientos, que los profesionales colaboradores podrán prescribir, siempre que formen parte de un equipo médico.Derivación de pacientesAñade el proyecto que cuando estos profesionales presten sus servicios a personas que presenten síntomas o antecedentes de enfermedades locales o sistémicas, deberán derivar inmediatamente al paciente a un médico cirujano certificado, pudiendo colaborar con éste en la atención del enfermo para su rehabilitación si así se requiere. Se establece, además, que sólo en los establecimientos de óptica podrán fabricarse lentes con fuerza dióptrica, de acuerdo con las prescripciones que se ordenen en la receta emitida por el profesional facultado para prescribir que corresponda, ampliando de esta forma esta atribución a los profesionales de la salud que no sean médicos. Por último, se dispone que la ley regirá seis meses después de su publicación en el Diario Oficial.
Por concluir la Orden del Día, la Sala de la Cámara de Diputados acordó continuar debatiendo en su próxima sesión esta moción (boletín 5684) de las diputadas Karla Rubilar, María Angélica Cristi, Ximena Valcarce y de los diputados Juan Lobos, Jaime Mulet, Carlos Olivares, Marco Núñez, Fulvio Rossi y Roberto Sepúlveda.
Originalmente, el propósito del texto legal era permitir la existencia de la profesión de optómetra. No obstante, durante su tramitación en la Comisión de Salud de la Cámara, recibió una indicación sustitutiva para permitir que los tecnólogos médicos y otros "profesionales de colaboración médica", puedan recetar ciertas ayudas técnicas como lentes, rodilleras o sillas de ruedas.Prescripción de fármacos El proyecto de ley encomienda a un reglamento, que deberá dictarse con posterioridad a la publicación de la ley, la definición de las ayudas técnicas, fármacos de uso tópico y tratamientos, que los profesionales colaboradores podrán prescribir, siempre que formen parte de un equipo médico.Derivación de pacientesAñade el proyecto que cuando estos profesionales presten sus servicios a personas que presenten síntomas o antecedentes de enfermedades locales o sistémicas, deberán derivar inmediatamente al paciente a un médico cirujano certificado, pudiendo colaborar con éste en la atención del enfermo para su rehabilitación si así se requiere. Se establece, además, que sólo en los establecimientos de óptica podrán fabricarse lentes con fuerza dióptrica, de acuerdo con las prescripciones que se ordenen en la receta emitida por el profesional facultado para prescribir que corresponda, ampliando de esta forma esta atribución a los profesionales de la salud que no sean médicos. Por último, se dispone que la ley regirá seis meses después de su publicación en el Diario Oficial.
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