Solicitan que recién nacidos puedan inscribirse en lugar del domicilio de la madre cuando hayan nacido en otra comuna

Por 41 votos, la Cámara acordó pedir al Ejecutivo una modificación legal para permitir que los nacimientos que por razones derivadas de la atención del parto se hayan producido en lugares distintos al del domicilio de la madre, se pueda consignar como sitio de nacimiento el que que corresponda a dicha residencia.

El proyecto de acuerdo Nº 825, precisa que la Ley 4.808, que regula el Servicio de Registro Civil, establece que las inscripciones de los nacimientos deben hacerse en la comuna en que se hayan producido los alumbramientos.

Asimismo, se indica que las partidas de nacimiento deben contener la hora, día, mes y año de lugar en que ocurrió el nacimiento respectivo.

Esto significa que la mayoría de los nacimientos se realizan en las comunas donde existen centros hospitalarios, por lo que existen localidades y pueblos alejados de las comunas con mayor densidad poblacional, o simplemente aislados, en que el registro de nacimientos prácticamente no existe.

De acuerdo al proyecto de acuerdo, “ello conlleva a que no exista un mayor arraigo de quienes residen desde su infancia en dichos asentamientos habitacionales, pero que han nacido en comunas que cuentan con establecimientos hospitalarios, donde sus madres los han dado a luz”.
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