U.E. aprueba nuevo reglamento básico sobre subproductos animales

El Consejo de Ministros de Agricultura de la Unión Europea (UE) ha aprobado una normativa que actualiza los requisitos para los subproductos animales y cuyo objetivo es introducir medidas más proporcionadas al riesgo y clarificar el marco legal aplicable a los subproductos animales.

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) ha informado en un comunicado de que se introduce el concepto de "punto final" en la cadena de fabricación de los subproductos animales, después del cual los productos transformados no estarán sujetos al reglamento, ya que los riesgos potenciales se habrán eliminado mediante los tratamientos aplicados.

En su lugar, según ha indicado, se aplicarán las reglas generales sobre la seguridad de los productos.

Además, se aclara la distinción entre alimentos y subproductos animales, por lo que cuando un producto de origen animal pasa a ser considerado un subproducto no debe retornar en ningún caso a la cadena alimentaria.

También recoge la posibilidad de modificar la clasificación actual de los subproductos animales y, además, algunos subproductos que hasta ahora se clasificaban por defecto como categoría 2 y sobre los que se ha comprobado que no presentan riesgos significativos, se reclasifican como categoría 3, lo que les permite un mayor abanico de usos posibles, incluso para ciertos fines en alimentación animal.

El reglamento establece como obligatorio el registro de los transportistas de subproductos animales, para reforzar la trazabilidad, y flexibiliza los requisitos para el suministro de determinados subproductos animales a aves necrófagas con problemas de conservación.

Asimismo, recoge la posibilidad de autorizar, como "método alternativo", el uso de sistemas de contención o almacenamiento en el lugar en el que se generan los subproductos animales, como en las explotaciones ganaderas.

No obstante, según el Ministerio, se mantienen los principios básicos de la vigente normativa sobre subproductos animales, que incluyen la clasificación de los subproductos animales en tres categorías de acuerdo con el grado de riesgo que presentan, y la exclusión de los subproductos animales no aptos para el consumo humano de la cadena de alimentación de los animales de granja.

A su vez, se mantiene la prohibición de alimentar animales con material derivado de su propia especie, así como la prohibición de alimentar a los animales de granja, en particular a los cerdos, con residuos de cocina.

El Ministerio recuerda que el nuevo reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE y que será aplicable quince meses después de su entrada en vigor. EFEAGRO

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