Diputados: Presentan proyecto que aumenta las indemnizaciones establecidas en el seguro obligatorio






Publicado el 20 de julio del 2012



Se dispone que el seguro de accidentes personales garantizará una cantidad equivalente a las 2000 UF en caso de muerte o de incapacidad permanente o total producto de un accidente de tránsito.



En Chile los riesgos de accidente de tránsito para las personas involucradas están garantizados a través de un seguro obligatorio para poder transitar en las vías públicas del país. Este seguro se encuentra regulado por la ley 18.490, que "establece Seguro Obligatorio de Accidentes Personales, causados por circulación de vehículos motorizados".



Este seguro otorga beneficios por muerte, lesiones y gastos médicos. Pero los montos asignados son bajos, dado el alto valor de los servicios de salud de calidad, siendo insuficientes para cubrir las prestaciones de salud derivadas de un accidente de tránsito y óptima rehabilitación. Cabe señalar que los montos de indemnización no se modifican desde el año 2003.



Por esto los diputados proponen el aumento de la indemnización por muerte para la familia de la víctima del accidente de tránsito, ya que esto viene a contribuir de mejor forma al núcleo familiar frente a la indefensión en que quedan muchos casos cuando el fallecido es el jefe o jefa de hogar, ya que en Chile la mayoría de las personas no tienen seguros de vida ni tampoco cotizaciones previsionales, por lo que la familia queda en completo desamparo.



También se señala que es importante aumentar las indemnizaciones por incapacidad permanente o parcial puesto que las personas con estas incapacidades tienen lamentablemente poca capacidad de trabajo, dada la baja inserción laboral que se da a estos discapacitados.



El aumento de las indemnizaciones señaladas, no constituyen un alza mayor al 10% de la prima, por lo que el asegurado y beneficiario se verá ampliamente resguardado sin mayores costos. Por lo demás, este seguro es un contrato forzoso u obligatorio para poder obtener el permiso de circulación y es una muy buena opción que indudablemente debe favorecerlo.



De esta manera, la iniciativa (boletín 8401) establece que el seguro de accidentes personales garantizará una cantidad equivalente a las 2000 UF ($45.118.000) en caso de muerte y de incapacidad permanente o total.



Asimismo se dispone una cantidad equivalente de hasta 1500 UF ($33.838.500) en caso de incapacidad permanente parcial, debiendo el monto definitivo ser una proporción de dicha indemnización máxima, según la clasificación que al efecto se haga en la póliza y una cantidad equivalente de hasta 2000 UF por concepto de gastos de hospitalización o de atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, farmacéutica y cualquiera otra que se requiera para su rehabilitación.



El proyecto de ley fue presentado por los diputados Alfonso De Urresti (PS), Marcos Espinosa (PRSD), Tucapel Jiménez (PPD), Miodrag Marinovic (IND), Sergio Ojeda (DC), José Pérez (PRSD), Jorge Sabag (DC), Guillermo Teillier (PC), Víctor Torres (DC), Ximena Vidal (PPD) y será analizado por la Comisión de Obras Públicas.

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