Denuncian que CNA entregó información incompleta sobre acreditación de tres Ues privadas.Por medio de un requerimiento del Consejo para la Transparencia, respaldado por un fallo de la Corte de Apelaciones, la entidad debía entregar los documentos que llevaron a acreditar a las universidades Santo Tomás, Las Américas y UNIACC.

SANTIAGO.- En julio pasado, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) entregar los expedientes de acreditación de tres universidades privadas, que habían sido solicitados a través del Consejo para la Transparencia.

En el fallo del tribunal, se estableció que la CNA debía entregar una copia íntegra de los documentos administrativos que llevaron a la decisión de acreditar a las universidades Santo Tomás, Las Américas y UNIACC, entre los años 2006 y 2012.

Sin embargo, la Fundación Pro Acceso –que solicitó dicha información– denunció que la CNA incumplió en la entrega de estos antecedentes. De acuerdo a la entidad, en agosto pasado recibieron los documentos solicitados, sin embargo, al revisarlos constataron que sólo se encontraba la información de los procesos de acreditación de 2007 y 2010, la que además se encontraba incompleta.

"Comprobamos, con desazón, que el organismo entregó información desagregada e incompleta", señaló el director jurídico de Pro Acceso, Rodrigo Mora.

El abogado manifestó su molestia "por el incumplimiento incurrido por el Consejo Nacional de Acreditación" y señaló que "hemos solicitado al Consejo para la Transparencia que investigue lo sucedido y lo remedie a la brevedad".

Mora remarcó que las decisiones judiciales "deben acatarse en su integridad, más si se tiene en cuenta que éste es un tema tremendamente sensible para la comunidad nacional, a partir del cual se han generado importantes iniciativas legales y reglamentarias que necesitan en su discusión insumos como los solicitados, de manera completa y veraz".
 
Previamente, las tres universidades privadas habían presentado reclamos de ilegalidad ante esa medida, lo que fue rechazado por la Corte de Apelaciones. En su fallo, el tribunal establece que la información requerida es "pública"


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