Preguntas y respuestas sobre la Agricultura Orgánica

Preguntas y respuestas sobre la Agricultura Orgánica





1. ¿Es necesaria la biodiversidad?
Sí, la biodiversidad en los ecosistemas produce equilibrio y estabilidad, necesarios para un desarrollo sustentable con altos niveles de productividad.








2. ¿Qué puedo hacer para reemplazar los agroquímicos sintéticos?
La agricultura orgánica no es un sistema de reemplazo de agroquímicos sino más bien busca potenciar el equilibrio natural del predio, reutilizando los residuos orgánicos generados por los cultivos, dando las condiciones para mejorar la estructura orgánica del suelo y permitiendo tener una mejor utilización de recursos tales como el agua, el suelo y el aire. Esto es fundamental ya que al entregar abundante materia orgánica se produce una mayor disponibilidad de los recursos y una rica microbiología en el suelo, permitiendo obtener cultivos sanos y con altos rendimientos.








3. ¿Es responsabilidad de SAG certificar los productos orgánicos?
La ley 20.089 faculta al SAG a SUPERVISAR el accionar de empresas certificadoras y grupos de pequeños agricultores ecológicos. Son ellos los que realizan la certificación de productos orgánicos y sus términos relacionados "biológicos" o "ecológicos". El SAG no certifica directamente, pero tiene amplias facultades inspectivas y de sanción para aquellos infractores a la normativa, sean estos productores, comercializadores, elaboradores o empresas certificadoras.








4. ¿En qué consiste la Certificación?
La certificación es un proceso anual en el cual una certificadora por escrito garantiza que el producto ha cumplido con los requerimientos de producción orgánica y ha sido debidamente identificado durante el desarrollo de producción cumpliendo con las exigencias de la empresa certificadora.








5. ¿Quiénes son las agencias Certificadoras y quién las acredita?
La mayoría de las Agencia certificadoras son Agencia privadas, y cada una establece sus propios requisitos orgánicos, considerando las normas de IFOAM o normas del país, pero estás deben estar acreditadas por los gobiernos para que su certificación sea valida en Europa, EEUU o Japón.








6. ¿Cuál es la Norma Chilena?
Decreto N° 17 publicado el 27 de agosto del 2007 que oficializa las normas Técnicas para la Agricultura Orgánica de la Ley N° 20.089 que creó el Sistema Nacional de Certificación de Productos Orgánicos Agrícolas.








7. ¿Cuál es el Reglamento por el cual se rige esta Norma?
Es el Decreto N° 36 oficializado el 2006.










8. ¿Existen Agencias Certificadoras inscritas en el REGISTRO SAG, en Chile?
• Institute for Marketecology (Chile) S.A., IMO Chile S.A. Fono: (2) 2400440
• BCS-ECO garantie, oficina en Arturo Prat 202, Chillán, Fono: (42)-243923, etc.








9. ¿Se pueden Certificar los pequeños Agricultores?
Sí, esto puede ser de manera Asociativa la cual es económicamente más rentable o bien de manera individual.










10. ¿Cuáles son las Certificaciones Asociativas?
Pueden ser de 2 Tipos:


Certificaciones por tercera parte a través de una certificadora que evalúa un sistema interno de control del grupo SIC.
Sistemas de Certificación Alternativa en donde se encuentra la Certificación Participativa.














11. Si se quiere producir/comercializar un producto orgánico ¿a quién se debe recurrir?
Los interesados en producir/comercializar productos orgánicos en el país o en el extranjero, deben contar con la certificación o "garantía" de una empresa certificadora debidamente inscrita en el registro que el SAG posee para tal efecto. De no ser así, quien desee participar del sistema orgánico nacional, deberá estar inserto en un sistema participativo de certificación, formando parte de una asociación o agrupación legalmente constituida, a quien la Ley también reconoce como instancia de certificación, pero sólo para los productos de quienes la conforman.








12. ¿Cuáles son las sanciones a las que se expone un infractor a la normativa?
Las sanciones a las que se refieren los artículos 9 y 10 de la Ley, dicen relación con multas en dinero que van desde las 5 a 500 UTM, que para el caso de empresas certificadoras también están asociadas a suspensiones que van desde los 10 a 90 días de sus funciones de certificación.








13. ¿Los insumos para Producción Orgánica (pesticidas, fertilizantes, coadyuvantes, etc), también tiene que estar certificados?
El alcance de la Ley 20.089, no contempla este tipo de insumos de producción, por lo tanto deben regirse por la misma normativa que los regula en el contexto convencional. A modo de ejemplo, un herbicida denominado comercialmente como orgánico, está sometido a las mismas regulaciones de fabricación, importación, almacenaje y uso que un herbicida convencional.
La única condición para su utilización en agricultura orgánica nacional, es que debe aparecer mencionados en algunos de los anexos de la Norma Técnica Oficial de Agricultura Orgánica, aprobada por Decreto Supremo N°17 de 2007.










14. Soy un fabricante nacional de insumos destinados a la alimentación animal, ¿qué debo hacer para que me autoricen para funcionar?
De acuerdo al artículo 14° del Decreto N° 307 de 1979, previo al funcionamiento, toda fábrica de alimentos, ingredientes garantizados y suplementos o aditivos para animales y todo local de expendio de estos productos deberá comunicar su iniciación de actividades al SAG, completando el respectivo formulario.








15. Si un producto importado ya se encuentra autorizado por el SAG, ¿tengo que solicitar su aprobación nuevamente?
No, ya no se requiere volver a autorizar este producto en caso de venir del mismo país de origen y del mismo fabricante, según lo señalado en la Resolución que lo autorizó. Sin embargo, al momento de ingresar al país debe venir acompañado de la certificación específica (sanitaria, de análisis microbiológico, de análisis de composición, etc.) que ampare esa partida.





fuente: SAG

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