Cámara aprueba elevar cuota mortuoria del seguro escolar

La iniciativa legal del Gobierno, despachada al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional, eleva la cuota a 3 ingresos mínimos.

Recibirán este beneficio, indica el proyecto, las personas o Instituciones que comprueben haberse hecho cargo de los funerales de la víctima. El texto legal (boletín 6123) fue aprobado en la Sala de la Cámara por 78 votos a favor y 2 abstenciones.

Asignación por muerte

Por otra parte, el proyecto entrega una asignación por muerte a los beneficiarios de pensión básica solidaria de invalidez, carentes de recursos.

Para su calificación como tales, y para el acceso y pago de dicha asignación, el proyecto establece las mismas normas legales y reglamentarias aplicables a los beneficiarios de pensión básica solidaria de vejez carentes de recursos.

El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley, dice el texto legal, se financiará con cargo al Presupuesto del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Por último, se hace extensivo este beneficio a los beneficiarios de pensión básica solidaria de invalidez carentes de recursos, que hayan fallecido a partir del 1° de julio de 2008. Para ello, los correspondientes beneficiarios deberán presentar la respectiva solicitud ante el Instituto de Previsión Social.

Extensa discusión en la Sala

Esta parte del proyecto de ley fue objeto de un extenso debate en dos sesiones en la Sala de la Cámara, ya que muchos diputados no estaban de acuerdo con que la asignación por muerte se circunscribiera sólo a la pensión básica solidaria de invalidez para las personas calificadas carentes de recursos, de acuerdo a la ficha de protección social.

De hecho, la Comisión de Trabajo de la Cámara había recomendado el rechazo de la iniciativa, precisamente en consideración a que parte de los beneficiarios de pensiones asistenciales de invalidez y de vejez, que pasaron a recibir la pensión básica solidaria (PBS) de invalidez, no gozarán de la asignación por muerte, por no calificar entre aquellos que carecen de recursos.

El informe de Trabajo indicaba que dicha preocupación radica en el hecho de que si un pensionado califica para recibir beneficios del pilar solidario a través de una PBS, es decir una pensión cercana a $70.000, con mayor razón debieran calificar para el beneficio de sepultación, el cual se entrega por una vez y no irroga un gasto fiscal relevante al sistema.

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