Corte condena a farmacia

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a Farmacias Ahumada por un inserto publicitario en el que invitaba comprar una segunda caja de genéricos a tan sólo $1 sin informar ni las bases ni el tiempo de duración.


La acción judicial se originó luego de que el SERNAC detectara falta de información en la publicidad de la cadena de farmacias infringiendo con ello la Ley del Consumidor que señala claramente que “toda promoción u oferta se deberá informar al consumidor sobre las bases de la misma y el tiempo o plazo de su duración”, por lo que hizo la denuncia al primer Juzgado de Policía Local de Santiago.
El mensaje publicitario de la cadena señalaba que “todos los genéricos a $1, compra la segunda caja y llévatela por $1”. Respecto al bajo costo, la información indicaba que “los precios de Farmacias Ahumada forman parte de su política de precios vigentes y válidos para la segunda compra del mismo producto, y que su vigencia y condiciones quedan sujetas a modificación”.
La empresa en su defensa señaló que la publicidad a la que se refiere la denuncia del SERNAC dice relación con la “política de precios” y por lo tanto, no se trata de una promoción. Además, señaló que ofrecer a un peso la segunda caja de cualquier medicamento genérico no podría causar prejuicio al consumidor, debido a que éste “no está obligado a adquirirla, y si lo hace, no podría encontrar un precio más bajo en el mercado”.
Una vez analizados los antecedentes, el tribunal de primera instancia y luego la Corte de Apelaciones de Santiago, determinaron que el aviso publicado por Farmacias Ahumada se trata efectivamente de una promoción y no de una política de precios por cuanto cumple con todos los aspectos de ella: es una práctica comercial efectuada mediante publicidad en diarios; contiene una oferta al público; se ha efectuado en condiciones más favorables a las habituales; y al ser o reflejar la política de precios de la empresa, su oferta no consiste en una simple rebaja de precio.
Bajo estos argumentos el tribunal señaló que la empresa cometió infracción a la Ley, pues si bien se trataba de una promoción “no informó al consumidor sobre las bases de la misma ni el plazo de su duración, lo que no se altera con el argumento de la farmacia en el sentido que no perjudica al consumidor”.
Por esto, el tribunal sancionó a Farmacias Ahumada al pago de una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales (cerca de $730 mil pesos) además de la corrección de la publicidad de manera de ajustarse a la Ley.
El fallo es relevante pues indica que la "política de precios" no existe, sólo hay precios normales, promociones y ofertas, y por lo tanto, las reglas del juego las fijan la ley y no las empresas.
Frente a cualquier promoción u oferta los consumidores tienen derecho a recibir claramente la información sobre las bases y el tiempo de duración, así como las condiciones y restricciones relevantes.

fuente: www.sernac.cl

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