Vuelve a comisión proyecto que modifica sanciones por no pago de peajes en autopistas

La Cámara acordó que el proyecto que modifica la sanción por el no pago de tarifas o peajes de obras concesionadas, sea analizado nuevamente por la Comisión de Obras Públicas.

El texto disminuye las multas aplicadas por el no pago de las tarifas o peajes en vías concesionadas. Sin embargo, durante el debate los diputados manifestaron la necesidad de cambiar la ley, por no encontrar correcto sancionar a los usuarios que no paguen la tarifa con una multa adicional, aplicada judicialmente.

Los legisladores argumentaron que en ningún otro servicio entregado por privados, se da esta figura.

La normativa vigente sobre concesiones, establece que ante el no pago de las tarifas o peajes, la empresa podrá cobrarla judicialmente. El Juez de Policía Local deberá imponer una indemnización compensatoria a favor del concesionario de 40 veces el pago incumplido.

En cambio, la iniciativa (boletines 4826, 4838 y 4840), tal como la aprobó la Cámara en segundo trámite constitucional, establece que en el caso que un usuario de una vía concesionada no pague un peaje, la concesionaria podrá cobrarlo judicialmente, con su valor reajustado de acuerdo al IPC, más los intereses máximos convencionales y las costas.

Cuando el juez condene al pago, aplicará una multa de entre 5 y 10 veces el monto de lo condenado. En caso de reincidencia, la multa será entre 11 y 20 veces el valor adeudado. En ningún caso, el cobro podrá ser superior a 20 UTM.

Si las multas no son canceladas, se anotarán en el Registro de Multas de Tránsito no pagadas.

El deudor podrá eximirse de la aplicación de las multas, si paga el monto efectivamente adeudado más los intereses corrientes y las costas a la concesionaria, antes de que los autos queden para fallo.

El 50% de estas multas ingresará al Fondo Común Municipal. La otra mitad irá a beneficio de la Municipalidad a que perteneciere el Juzgado de Policía Local en que se hubiere sentenciado la condena.

En el juzgamiento de estas infracciones, constituirán medios de prueba las fotografías, filmaciones y cualquier otro medio técnico que el Ministerio de Obras Públicas hubiese autorizado para el control del incumplimiento de los pagos tarifarios.

El texto se originó en tres mociones refundidas ingresadas al Senado. La primera de ellas es de los senadores Eduardo Frei y Jaime Naranjo; la segunda fue presentada por la senadora Soledad Alvear; y la tercera, es de los senadores Antonio Horvath y José Antonio Gómez.

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