Cámara de Diputados aprueba proyecto que amplía incentivo tributario a la investigación y desarrollo






Publicado el 19 de enero del 2012



El texto perfecciona aspectos de los incentivos tributarios para las inversiones en investigación y desarrollo que las empresas realicen a través de centros de investigación, otorgando nuevos beneficios tributarios a las inversiones de este tipo que hagan las empresas con sus capacidades internas.



Por 77 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, la Cámara aprobó las enmiendas del Senado al proyecto (boletín 7503) que modifica la ley 20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo, con lo que la iniciativa quedó en condiciones de transformarse en ley.



La modificación realizada en el Senado mantiene como crédito fiscal al impuesto de primera categoría el actual 35% por concepto de esta inversión. Además, existirá un registro en CORFO de las empresas que se acojan al beneficio para que haya mayor transparencia.



El texto regula el procedimiento de certificación, por parte de CORFO, de los proyectos de investigación y desarrollo, anterior y posterior a su realización, como requisito para acceder a los beneficios tributarios.



Este proyecto plantea la creación de un incentivo tributario a los proyectos de investigación y desarrollo realizados al interior de las empresas, y la vez, perfecciona los incentivos contemplados en la Ley N° 20.241. Estos beneficios consisten en otorgar a las empresas que realicen proyectos de investigación y desarrollo con sus propias capacidades o de terceros, en la medida que tales proyectos sean previamente certificados por CORFO, la posibilidad de utilizar como un crédito tributario contra el impuesto de primera categoría un monto equivalente al 35% de los pagos por concepto de gastos en el marco de un proyecto de investigación y desarrollo, según se define en la ley. Respecto del 65% restante de los desembolsos que no dan derecho a crédito, puede ser deducido de la renta líquida de la empresa como gasto necesario, aun cuando éstos no sean necesarios para producir la renta del ejercicio.



Adicionalmente, se aumenta de 5.000 a 15.000 UTM el monto máximo del crédito a que tienen derecho los contribuyentes, independientemente de sus ingresos brutos en el ejercicio. También se establece que los desembolsos cuya deducción como gasto no está permitida por la ley, como es el caso de la parte que puede utilizarse como crédito, no se afecten con la tributación del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.



Se introduce un nuevo título tercero a la ley N° 20.241, denominado “De los Proyectos de Investigación y Desarrollo”, que contiene la reglamentación de los proyectos de investigación y desarrollo que realicen las empresas con sus propias capacidades o las de terceros, y los beneficios tributarios a que éstas pueden optar.



El proyecto autoriza a las empresas llevar a cabo inversiones en investigación y desarrollo utilizando sus propias capacidades o las de terceros, siempre que los proyectos sean debidamente certificados por CORFO y cumplan con ciertos requisitos, dentro de los cuales se cuenta el ser llevados a cabo principalmente dentro del territorio nacional. Será también este organismo el que estará a cargo de la fiscalización de la correcta ejecución y cumplimiento de los proyectos ya certificados y también de revocar la certificación en caso que se incumplan los términos y condiciones de un proyecto.



CORFO mantendrá a disposición del público una nómina actualizada de los solicitantes que se hayan acogido a estos beneficios tributarios, el precio total que hayan pactado en cada uno de los contratos de investigación y desarrollo, así como los costos de los proyectos de inversión y desarrollo, el porcentaje a que tengan derecho como crédito y como gasto, y si se han acogido al mecanismo que les permite no contar con certificación previa.



Durante el primer semestre de 2016, el Ministerio de Economía encargará la realización de un estudio y evaluación de esta ley en cuanto instrumento de fomento para la realización, por parte del sector privado, de actividades de investigación y desarrollo, y en cuanto instrumento de incentivo para potenciar el vínculo entre los centros de investigación y el referido sector privado.



Por último, se extiende la vigencia de la ley N° 20.241 hasta el 31 de diciembre de 2025, en el sentido de que los proyectos certificados cuyas solicitudes de certificación se hayan presentado hasta dicha fecha, darán a sus titulares el derecho a utilizar los beneficios que consagra esta iniciativa legal, aunque los mismos beneficios se hagan efectivos con posterioridad a la señalada fecha

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.