CORTE SUPREMA ORDENA AL FISCO INDEMNIZAR POR MUERTE DE CARABINERO.Caso cabo Cristián Vera


La Corte Suprema condenó al Fisco a pagar una indemnización de $75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos) a la pareja de carabinero muerto durante una jornada de protesta en 2007.







En fallo unánime (en causa rol 9162-2011), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Jorge Lagos, rechazaron el recurso de casación en contra de la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar la indemnización a Elizabeth Moris Amaya, pareja del cabo Cristián Vera Contreras, muerto el 11 de septiembre de 2007, en Pudahuel.







“Que la sentencia de segunda instancia además señaló que la responsabilidad del Estado se configuró desde que no otorgó los elementos de seguridad adecuados a sus funcionarios, considerando que era del todo previsible que se enfrentarían a ataques con armas de fuego atendida la fecha en que ocurrieron los hechos, posibilidad que fue representada por Carabineros al premunirlos de chalecos antibalas. No obstante en cuanto a los cascos se optó por uno con características simples, antidisturbios y no antibalas, lo que habría protegido en los mismos términos que el chaleco antibalas. En consecuencia, el fallo concluyó que al no cumplir con la obligación de protección se generó la responsabilidad correspondiente, sin perjuicio de aquella que compete al autor del disparo”, dice la sentencia.







La resolución agrega: “Los jueces del fondo han efectuado una correcta aplicación de la normativa que rige el caso. En efecto, el tribunal sentenciador hizo responsable a la demandada de los perjuicios resultantes por haber incurrido en culpa, para lo cual comparó la acción reprochada con el estándar de conducta que debió ejecutar la institución de Carabineros, señalando que era del todo previsible que los funcionarios policiales se enfrentarían a ataques con armas de fuego, como lo demuestra la circunstancia que hayan sido premunidos de chalecos antibalas. De lo dicho resulta que no es efectivo que se haya cometido error de derecho respecto a las normas de responsabilidad extracontractual contenidas en el Código Civil, toda vez que los jueces del fondo establecieron correctamente que el Estado de Chile actuó con culpa, esto es infringiendo una regla de cuidado que era exigible, la cual surge no sólo del estatuto orgánico respectivo que obliga a proteger eficazmente la vida y salud de los funcionarios que prestan servicios para éste, sino también de la particular relación jurídica que los vincula y la naturaleza de sus funciones que lleva implícita una obligación de seguridad de parte de la Administración”.





http://www.poderjudicial.cl/modulos/Home/Noticias/PRE_noticias.php?cod=3561&opc_menu=0&opc_menu=&opc_item=
fuente:

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.