Diputados aprobaron proyecto que sanciona el mal uso de licencias médicas

Diputados aprobaron proyecto que sanciona el mal uso de licencias médicas




Publicado el 18 de enero del 2012



El objetivo central de la iniciativa es establecer regulaciones que permitan asegurar el otorgamiento, uso correcto de la licencia médica y una adecuada protección al cotizante y beneficiarios de las Isapres y Fonasa, mediante la aplicación de medidas de control y fiscalización, y de sanciones respecto de las conductas fraudulentas, ilegales o abusivas.



La Sala de la Cámara aprobó, con 93 votos a favor y 1 abstención, el informe de Comisión Mixta del proyecto sobre otorgamiento de licencias médicas (boletín 6811). De esta forma, el texto legal cumplió su último trámite en el Congreso y fue despachado al Ejecutivo para su promulgación.



La propuesta concordada por diputados y senadores establece que las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) podrán solicitar a los profesionales que por ley emitan licencias médicas, la entrega o remisión de los antecedentes o informes complementarios que las respalden y, en casos excepcionales y por razones fundadas, los citará a una entrevista para aclarar aspectos de su otorgamiento.



La inasistencia injustificada y repetida a las citaciones, y la negativa reiterada a la entrega de los antecedentes solicitados en los plazos que se fijan, habilita al COMPIN a sancionar al profesional con una multa de hasta 10 UTM, y la suspensión de la venta de formularios de licencias médicas, así como la facultad de emitirlas hasta por 15 días.



Las Isapres también podrán solicitar a los profesionales la entrega de antecedentes o informes complementarios, y podrá solicitar al COMPIN que aplique las sanciones descritas si así no ocurre.



Rechazo de la licencia por parte de una Isapre



Si la Isapre determina la reducción o rechazo de una licencia médica, deberá remitir los antecedentes que fundamentan la decisión a la COMPIN, quien podrá ratificar o denegar esta modificación.



Los cotizantes o beneficiarios podrán solicitar a la COMPIN la entrega o remisión de los antecedentes o informes complementarios que justifiquen el rechazo o disminución de una licencia médica.



Mediante un reglamento se establecerá, respecto a ciertas patologías, guías clínicas referenciales relativas a los exámenes, informes y antecedentes que deberán respaldar la emisión de licencias médicas.



Licencias médicas falsas



En los casos en que el profesional habilitado para otorgar licencias médicas emita licencias con evidente ausencia de fundamento médico, la Superintendencia de Seguridad Social, de oficio o a petición de la Secretaría Regional Ministerial de Salud o de la COMPIN, de FONASA o de una Isapre o de cualquier particular, podrá, iniciar una investigación.



Si se acreditan los hechos denunciados, se podrán aplicar multas de hasta 7,5 UTM, aumentando al doble si es conducta reiterada; suspensión hasta por 30 días de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa de hasta 15 UTM en caso de reincidencia en 3 años; suspensión hasta por 90 días de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 30 UTM, en caso de segunda reincidencia en un periodo de 3 años; suspensión hasta por un año de la facultad para otorgar licencias médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 60 UTM, en caso de tercera reincidencia.



En el caso que el profesional otorgue licencias médicas durante su periodo de suspensión, será sancionado con una multa a beneficio fiscal de entre 10 y 80 UTM y deberá reembolsar al organismo administrador que corresponda el equivalente al subsidio por incapacidad laboral por el reposo prescrito.



Adicionalmente, cuando se compruebe que un profesional ha emitido licencias falsas, la Superintendencia deberá remitir los antecedentes al Ministerio Público.



Cuando el contralor médico de una Isapre ordene modificar o rechazar las licencias médicas sin justificación que respalde su resolución, podrá ser denunciado por el afectado a la Superintendencia de Seguridad Social, para que realice una investigación considerando los antecedentes médicos.



Si se acreditan los hechos denunciados, la Superintendencia sancionará al contralor médico con multa de hasta 7,5 UTM y el doble en caso de constatarse que la postergación de la resolución, el rechazo o la modificación de la licencia médica sin fundamento médico han sido reiterados; suspensión por 30 días de la facultad para visar el otorgamiento de licencias médicas en Isapres y una multa de hasta 15 UTM, en caso de reincidencia en tres años; suspensión por 90 días y una multa de hasta 30 UTM, en caso de segunda reincidencia; y suspensión por un año y multa de hasta 60 UTM, en caso de tercera reincidencia.

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