Diputados: Gobierno presenta reforma legal que busca mayor protección de los datos personales






Publicado el 26 de enero del 2012



Mensaje del Ejecutivo modifica la normativa del año 1999 para adaptarla a los avances de las tecnologías de la información y los modernos estándares impuestos por el ingreso de Chile a la OCDE.



El proyecto de ley (boletín 8143) introduce numerosas modificaciones a la Ley 19.628 sobre protección de la vida privada y protección de datos de carácter personal, normativa que fue publicada el año 1999 y que ya aparece superada por los vertiginosos cambios tecnológicos.



Dicha normativa consagró el derecho de las personas a modificar, eliminar o bloquear sus datos personales manejados por entidades públicas o privadas, estableciendo la posibilidad de recurrir mediante una acción especial ante los tribunales civiles para solicitar el amparo de sus derechos cuando dichas solicitudes no hayan sido atendidas.



En el mensaje que acompaña el proyecto, el Presidente de la República afirma que el marco regulatorio chileno sobre protección de datos de carácter personal fue pionero en Latinoamérica al momento de su dictación pero hoy existe consenso entre los expertos que, producto de los rápidos cambios que han experimentado las tecnologías de la información, esta normativa ha perdido eficacia en la función de proteger la privacidad de los ciudadanos en su interacción con otros particulares y con el Estado.



Además, pone de relieve que la presente reforma legal recoge propuestas contenidas en aproximadamente setenta mociones parlamentarias presentadas desde 1999 sobre este tema, además de tomar en consideración numerosas propuestas y comentarios formulados en la primera consulta ciudadana efectuada en el marco de la Ley de Participación Ciudadana en la Gestión Pública, que se extendió entre el 31 de agosto y el 20 de septiembre de 2011 y en la cual se sometió a discusión el articulado del anteproyecto de ley.



En definitiva, el Jefe de Estado subraya que este iniciativa legal tiene por objetivo reforzar los derechos de los titulares de datos personales, cumplir los compromisos adquiridos por Chile en virtud de su incorporación a la OCDE, incrementar los estándares legales para transformar a Chile en un país con un nivel adecuado de protección (“puerto seguro para el flujo de datos”) y favorecer el desarrollo del mercado de los servicios globales en Chile como país receptor de dichas inversiones.



CONTENIDO DEL PROYECTO



Entre otros aspectos, el proyecto define lo que debe entenderse por “consentimiento del titular” con el objeto de enmarcar que la licitud de todo tratamiento de datos personales requiere la manifestación expresa de voluntad de su titular, la cual debe efectuarse de manera libre, inequívoca e informada para que resulte válida.



Junto con ello, se introducen los principios de protección de datos reconocidos por la OCDE y que forman parte del marco regulatorio a partir del cual se estructuran todas las normativas modernas en materia de protección de datos, que corresponden a los principios de proporcionalidad, de calidad de los datos, especificación del propósito o finalidad, de limitación de uso, de seguridad de los datos, de acceso y oposición de su titular y de transparencia.



Se establece también el deber de comunicar al titular de los datos personales las condiciones bajo las cuales se le solicita su información personal. De esta manera, el responsable deberá informar al titular de modo expreso, preciso, claro e inequívoco, la existencia de un registro o base de datos personales en el cual se consignará la información, la individualización del responsable o encargado del registro, la finalidad de la recolección de datos y los destinatarios de la información; el carácter obligatorio o facultativo de la entrega de datos personales que se le soliciten y las consecuencias de la entrega de los datos y de la negativa a suministrarlos; y los derechos que le asisten en virtud de la ley, entre otras.



Por otra parte, se consagra el deber de incluir en las comunicaciones comerciales y publicitarias que se dirigen nominativamente al titular, información sobre el origen de los datos, la identidad del responsable del tratamiento y los derechos que le asisten al titular.



Se incorpora el deber para el responsable de un registro o base de datos de carácter personal, de mantener a disposición permanente del público, en su sitio web, un vínculo donde sea posible conocer las bases de datos que administra y un correo electrónico al cual se notificarán las oposiciones y reclamos de los titulares de datos personales.



El proyecto prohíbe el tratamiento de todos los datos personales de los niños y niñas, salvo los que sean indispensables para su identificación o en caso de urgencia médica, los que sólo podrán otorgarse con consentimiento específico de quien ejerce su cuidado personal. Respecto de los adolescentes se prohíbe el tratamiento de sus datos sensibles, los que podrán otorgarse con consentimiento específico de quien ejerce su cuidado.



También se regulan los procedimientos de reclamo, según se trate de organismos públicos u organismos privados. Tratándose de infracciones cometidas por organismos públicos, el afectado podrá reclamar ante el Consejo para la Transparencia, de cuya resolución las partes podrán reclamar ante la Corte de Apelaciones correspondiente. Respecto de reclamaciones en contra de organismos privados, se establece la posibilidad de promover un entendimiento voluntario a través del Servicio Nacional del Consumidor, en forma previa al ejercicio de acciones sancionadoras e indemnizatorias ante el juez en lo civil.



En otro orden, la propuesta legal dispone que los organismos públicos podrán transferir y compartir sus datos con otros organismos públicos con el objeto de evitar a los ciudadanos entregar información que ya está en poder del Estado. Además, entrega al Ministerio Secretaría General de la Presidencia la administración de una plataforma de interconexión de servicios públicos y la definición de estándares de comunicación entre los organismos públicos, para dar mayores atribuciones en su rol de avanzar en la Agenda de Modernización del Estado. Con ello se espera avanzar en mejoras de gestión y en la consolidación del Gobierno Electrónico.



Finalmente, el proyecto establece un catálogo pormenorizado de sanciones, en tres niveles, distinguiendo entre sanciones leves, graves y gravísimas, con sus respectivas sanciones, consistentes en multas y, en ciertos casos, cancelación del registro.



La iniciativa quedó radicada en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados para su estudio.





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