diputados: Sala despacha proyecto que facilita acuerdos de copropietarios de inmuebles dañados por el cataclismo del 27 de febrero

Sala despacha proyecto que facilita acuerdos de copropietarios de inmuebles dañados por el cataclismo del 27 de febrero


Publicado el 06 de diciembre del 2010



Con 104 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación a un proyecto que rebaja el quórum para adoptar acuerdos de copropietarios de condominios gravemente afectados por el terremoto y maremoto de febrero.





La iniciativa legal (boletín 7320) corresponde a una moción de los diputados Jorge Burgos (DC), Aldo Cornejo (DC), Joaquín Godoy (RN), Carlos Montes (PS), José Miguel Ortiz (DC), Jorge Ulloa (UDI) y Mónica Zalaquett (UDI), que fue perfeccionada a través de una indicación sustitutiva de los integrantes de la Comisión de Vivienda de la Cámara.



El proyecto rebajar el quórum para adoptar acuerdos tratándose de materias que deben abordarse en sesiones extraordinarias en los casos de edificios que hayan resultado gravemente afectados con ocasión del terremoto y posterior maremoto de 27 de febrero de 2010, y donde se hubiere decretado su evacuación transitoria o permanente.



Los patrocinantes de la propuesta iniciativa plantean que los copropietarios gravemente afectados por el sismo han debido resolver cómo seguir adelante, ya sea para reparar, demoler, vender sus unidades o cobrar y aplicar los seguros que eventualmente se hayan contratado. Sin embargo, agregan que la Ley de Copropiedad Inmobiliaria ha enervado las decisiones, ya que en tiempos de normalidad los acuerdos sobre estas materias -que deben tratarse en sesiones extraordinarias- requieren de un quórum de aprobación de 75 por ciento de los derechos del condominio, lo que en la práctica ha demostrado ser muy alto.



Destacan que en la Ley de Presupuestos 2011 se contempla una glosa especial que resuelve y facilita estos trámites pero sólo en lo que dice relación con los condominios de viviendas sociales afectados por el terremoto y maremoto de febrero pasado, disponiendo que los acuerdos se adoptarán por la mayoría de los asistentes a la asamblea, haciendo una excepción a la norma general.



En tal sentido, los autores de la moción señalan que, con el objeto de dar una solución a los copropietarios de condominios pertenecientes a sectores medios, proponen establecer una norma transitoria para los condominios afectados por el cataclismo de febrero.



El proyecto despachado por la Cámara es de artículo único y establece lo siguiente: “En los condominios gravemente afectados por el terremoto y maremoto de 27 de febrero de 2010, y en que se hubiese ordenado su evacuación transitoria o permanente, los acuerdos a que se refieren los números 1 a 7 del artículo 17 de le ley N° 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria, serán adoptados por los copropietarios que representen la mayoría absoluta de los derechos en el condominio, quórum que también será suficiente para la constitución de la respectiva asamblea. Igual exigencia, será respecto de aquellas presentaciones de naturaleza administrativa que digan relación con la liquidación de los seguros comprometidos sobre los bienes comunes. Para acreditar los quórum establecidos anteriormente, bastará el acta suscrita por todos los copropietarios asistentes a la asamblea que se cite al efecto, protocolizada ante notario".

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