Banco Central de Chile extiende reconocimiento a Convenios Marco de Contratación de Derivados



El Consejo del Banco Central de Chile acordó extender el reconocimiento otorgado con fecha 17 de enero pasado, respecto de los acuerdos de compensación en caso de quiebra que contienen los convenios marco de contratación de derivados denominados "1992 ISDA Master Agreements" y "2002 ISDA Master Agreement".
El citado reconocimiento, pasa también a ser aplicable a los acuerdos de compensación en caso de liquidación forzosa de una empresa bancaria establecida en Chile, que emanen de dichos convenios y siempre que las obligaciones que se compensen provengan de alguna operación de derivados autorizada por el Banco a las referidas entidades.
Asimismo, en el Acuerdo se establecen, en carácter de términos y condiciones generales de los mencionados convenios marco en que sea parte alguna empresa bancaria establecida en Chile o cualquier otro inversionista institucional, las únicas situaciones que las entidades indicadas podrán considerar al suscribir alguno de los convenios marco referidos o al convenir operaciones específicas de derivados conforme a éstos, en carácter de causales de exigibilidad anticipada que den lugar a la compensación de las correspondientes obligaciones que tengan su origen en el respectivo convenio marco.
La resolución adoptada por el Consejo se relaciona con la mitigación del riesgo de contraparte en operaciones de derivados en relación con los referidos convenios marco, cautelando la función del Banco Central de velar por el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, y el ejercicio de las facultades conferidas a las Superintendencias del Área Económica, respecto de las entidades sujetas a su supervisión.
El Acuerdo de Consejo se publicó el día de hoy en el Diario Oficial y se incorporó en el sitio web del Banco Central de Chile.

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