Buscan aumentar el valor de las viviendas de clase media para ser declaradas inembargables

Con esto se pretende no sólo ayudar a las viviendas de las personas de escasos recursos como ocurre hoy en día, sino que también a la clase media, considerando como valor de reajustabilidad para la adquisición de las viviendas la UF y no la UTM, como señala la ley.

El proyecto indica que en la actualidad, la legislación procesal civil establece un listado de bienes que no pueden ser embargados por los acreedores del deudor, protegiendo a un grupo de la población que no obstante su situación de precariedad, han podido a través de programas sociales obtener una vivienda con el objeto de darle una mejor vida a su familia.

Frente a esto, los diputados autores de la moción señalan que este mismo argumento se debe considerar para aquellos chilenos que, sin estar en una condición de necesidad como el grupo antes descrito, son trabajadores de clase media la que está constituida en muchos casos por profesionales y técnicos quienes han dedicado gran parte de su trabajo para la adquisición de una vivienda que sin ser social, reviste el carácter de principal bien familiar.

De este modo, la iniciativa pretende resguardar la casa propia y actualizar una norma que fija un criterio de reajustabilidad que no es el utilizado para determinar el valor de las viviendas en nuestro país. En efecto, en Chile se ha considerado como el valor de reajustabilidad para la adquisición de las viviendas la denominada unidad de fomento (UF). Sin embargo, el Código de Procedimiento Civil, en la norma que se pretende modificar, se refiere a la unidad tributaria mensual (UTM).

Es así como en la actualidad, el valor a que se refiere la norma del Código de Procedimiento Civil, protegería prácticamente a un porcentaje de la población muy pequeño, siendo entendida como una ficción legal, ya que los avalúos fiscales por el valor de la norma protegerían a viviendas que no superan la cifra de $1.835.950.

Por esto, el proyecto busca que este valor sea aumentado a un avalúo fiscal de hasta 600 UF, de tal manera que todas aquellas viviendas, independientemente que sean o no consideradas viviendas sociales, pero que se encuentren dentro del rango del avalúo fiscal de hasta 600 unidades de fomento, se encuentren libres de embargos por parte de los acreedores.

El texto legal (boletín 6488) fue presentado por los diputados UDI Ramón Barros, Eugenio Bauer, Marcelo Forni, Javier Hernández, José Antonio Kast, Patricio Melero, Iván Moreira, Felipe Salaberry y Felipe Ward y será analizado en la Comisión de Constitución.

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