Bono marzo 2010

El Congreso Nacional aprobó la entrega de un bono especial de $40.000, cuyo objetivo es dar una ayuda a las familias chilenas más vulnerables y a la clase media necesitada para enfrentar los mayores gastos del mes de marzo.


¿Quiénes son los que recibirán este bono?
Los beneficiarios de subsidio familiar.
Los beneficiarios de asignación familiar.
Beneficiarias de asignación maternal.
Todos ellos deben tener ingresos mensuales iguales o inferiores a $457.954.

Además, son beneficiarias las familias que al 31 de diciembre de 2009 estén acogidas al programa “Chile Solidario”.

¿Se entrega por familia o por carga?
Se entregará por cada carga o causante acreditado como tal al 31 de diciembre de 2009. En el caso de las familias acogidas a “Chile Solidario”, el bono se entregará por familia.

¿Cuántas veces se entrega?
El bono se entregará una sola vez por cada carga o causante, aún cuando el beneficiario estuviese acogido a más de un régimen previsional y desempeñe diferentes trabajos.

¿Cómo se cobra?
El bono se pagará en una sola cuota a través del Instituto de Previsión Social, a partir del mes de marzo de 2010. El IPS podrá además forjar acuerdos con otros bancos que tengan una red de sucursales de cobertura nacional.
En cuanto al personal de las instituciones públicas, recibirán el bono incluido en su remuneración mensual.
El bono debe cobrarse en un plazo de seis meses desde la emisión del pago.
BancoEstado ha anunciado que comenzará a pagar el bono el martes 30 de marzo de 2010, por orden alfabético, en todas las sucursales del banco y en las 76 sucursales de ServiEstado a lo largo del país. ServiEstado atiende de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 y sábado de 9:00 a 17:00.

¿Tengo algún plazo para reclamar si no he recibido el bono y creo tener derecho a él?
Sí, tiene un año contado desde la fecha de publicación de la ley que otorga el bono.

¿Qué pasa si alguien miente sobre su situación para obtener el bono?
Quienes reciban indebidamente este bono, ya sea por ocultar datos o por entregar información falsa, deberán restituir el monto recibido, reajustado según la variación del IPC entre el mes anterior al que se recibió y el que antecede a su devolución. Además, se les aplicarán las sanciones administrativas y penales que puedan corresponder.
Más sobre este tema
Puede encontrar más información en:


Instituto de Previsión Social
Chile Solidario


Leyes asociadas
Leyes que regulan el tema.

Ley N° 20.428, bono marzo 2010.
Ley N° 18.020, establece subsidio familiar para personas de escasos recursos.
Ley N° 18.987, incrementa asignaciones, subsidios y pensiones.
Decreto con Fuerza de Ley N° 150 de 1981, sistema único de prestaciones familiares.
Más información
Otras guías relacionadas con este tema.

Ficha de protección social
Asignación familiar




fuente: Biblioteca del Congreso Nacional




















Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.

Comentarios

Entradas populares de este blog

En Semana Santa se movilizaron cerca de 5 mil toneladas de recursos y productos pesqueros en el país

Sistema frontal: MOP reporta 100 afectaciones a infraestructura pública a nivel nacional

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E