Llega al Senado iniciativa que otorgará bono de apoyo a familias numerosas

Llega al Senado iniciativa que otorgará bono de apoyo a familias numerosas
La Comisión de Gobierno será la encargada de analizar el proyecto de ley que beneficiará, entre otros, a las madres a contar de su tercer hijo, quienes recibirían cien mil pesos, a través de este bono.
Publicado el: 31/01/2014

Tras completar su primer trámite en la Cámara de Diputados y como un incentivo para aumentar la natalidad en nuestro país, llegó al Senado el proyecto de ley que crea un bono, de cargo fiscal, destinado a las madres, a contar de su tercer hijo o hija. El mensaje ahora deberá ser analizado por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y comenzará a regir una vez que la ley sea publicada.  Imagen foto_00000003

La iniciativa contempla que además podrán acceder a este beneficio los padres solteros, divorciados o viudos que por filiación adoptiva tengan un tercer hijo o hija o más y la administración del bono corresponderá al Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social.

En el texto legal se precisa, que la filiación por naturaleza o adoptiva se verificará a través de la inscripción de nacimiento del respectivo hijo o hija en el Registro de Nacimiento, del Servicio de Registro Civil e Identificación.

100 MIL POR EL TERCER HIJO

El beneficio asciende a $100.000, por el tercer hijo o hija; a $150.000,  por el cuarto hijo o hija; y a $200.000 a contar del quinto hijo o hija.

El Bono se concederá por una sola vez, no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, no estará afecto a descuento alguno, y no será considerado subsidio periódico.

Para impetrar el beneficio -una vez que sea ley- la madre o el padre, según corresponda, personalmente o por cualquiera a su nombre, a partir de la fecha de inscripción de la filiación del respectivo hijo o hija en el Registro del Servicio de Registro Civil e Identificación, y hasta los 12 meses siguientes a dicha fecha, deberá presentar su solicitud ante el Ministerio de Desarrollo Social, a través del o los formularios determinados para tal efecto, los que también se encontrarán disponibles a través de medios electrónicos.
Se entenderá que renuncia al Bono, el beneficiario o beneficiaria que no lo solicite en el plazo antes señalado.


INCENTIVO A LA NATALIDAD


Entre los argumentos del mensaje se consigna que “para toda nación que se proyecta hacia el desarrollo social y económico la fecundidad es uno de los componentes del crecimiento demográfico con mayor incidencia en las modificaciones de la población”.

De acuerdo a las cifras del Registro Civil e Identificación, nuestro país ha sufrido cambios demográficos significativos en las últimas décadas y existe una clara tendencia decreciente en el registro de nacimientos. Si durante 1990 se inscribieron 387.094 niños, en el 2012 se realizaron 254.573 inscripciones. Las familias en los distintos niveles socioeconómicos están optando por tener menos hijos.

Por otra parte, el Informe de Situación de Salud en las Américas, Indicadores Básicos de 2012, de la Organización Panamericana de la Salud, sostiene que en nuestro país la tasa global de fecundidad es de 1,8 hijos por mujer, cifra considerablemente inferior a los 3,6 hijos por mujer de 1970.

“Lo anterior es preocupante si se considera que la tasa de recambio poblacional equivale a 2,1 hijos por mujer, lo que implica que los hijos nacidos por cada mujer no alcanzarían para renovar la población una vez fallecidos sus progenitores. De mantenerse esta tendencia, en el mediano plazo la población de Chile en lugar de crecer se reducirá”, consigna el texto legal.

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