Regulan contratación de seguros asociados a tarjetas de crédito

El proyecto busca evitar que al contratar una tarjeta de crédito el consumidor deba obligatoriamente además pactar el pago de seguros de desgravamen o cesantía, que hacen aun más caro el producto.

La moción (boletín 6459), fue presentada por los diputados Alejandra Sepúlveda (Ind.), Carolina Goic (DC), Pedro Araya (Ind.), Eduardo Díaz (PRI), Álvaro Escobar (Ind.), Jaime Mulet (PRI), Osvaldo Palma (RN), Carlos Olivares (PRI) y Esteban Valenzuela (Ind.) y remitida para su estudio a la Comisión de Economía.

En los antecedentes, se indica que hasta diciembre de 2008 se registraron 6.712.254 tarjetas de crédito activadas de grandes tiendas. Esto significa que dos de cada 3 chilenos posee una tarjeta, que debe pagar mensualmente, siendo responsabilidad de la institución que otorga la tarjeta informar de manera detallada los gastos mensuales y cobros relacionados a la tarjeta de crédito.

Estas casas comerciales y multitiendas, en la categoría "otros" incluyen, entre diversos cobros, el seguro de desgravamen, cuyo valor, considerando sólo a las cuatro empresas que informaron al SERNAC en su estudio de Diciembre de 2006, fluctuaría entre un mínimo de $210 y un máximo de $403 lo que significa una diferencia porcentual de 91,90%.

Por otra parte, el seguro de desgravamen que actualmente se incluye en este tipo de contratos corresponde a aquel seguro que cubre el saldo sin pagar de la deuda existente en caso de fallecimiento del deudor. A su vez, el seguro de cesantía es aquel que permite cubrir parte de la deuda de trabajadores tanto dependientes como independientes, cuando el deudor queda sin trabajo en forma involuntaria.

Los autores recalcan que para obtener un crédito de consumo no es necesario tomar seguros ni contratar otros servicios. Sin embargo, es frecuente que al momento del otorgamiento del crédito las partes acuerden su contratación, la que se hace efectiva mediante la firma de un documento denominado propuesta de seguro o solicitud de incorporación.

El seguro de desgravamen y de cesantía, entre otros, son añadidos a las cláusulas del contrato de la tarjeta de crédito. Si bien el Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC, considera importante que cada consumidor consulte sobre estos seguros, en la realidad, simplemente son añadidos y el consumidor que no se encuentra informado al respecto, termina contratándolos, muchas veces sin que ni siquiera tenga sentido real dicha contratación, como es el caso de dueñas de casa o pensionados, quienes deben pagar mes a mes estos seguros sin tener la calidad de "trabajadores" que implica la posibilidad de cesantía.

Por ello, los parlamentarios proponen modificar la ley de derechos del consumidor, a fin de manifestar con claridad que la aceptación de estos seguros es voluntaria, así como también la rigurosidad de quien los ofrece, estableciendo que solo podrán contratar quienes detenten la calidad de "trabajador" al momento de aceptar el producto, como en el caso del seguro de cesantía.

Se propone además que estos productos sean ofrecidos en un anexo del contrato, de manera que el consumidor pueda distinguir con claridad que la aceptación del contrato no se encuentra ligado a la aceptación de los seguros voluntarios y de esta forma proteger a los consumidores de cobros injustificados.

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