Diputados: Ingresan proyecto para impedir que se condicione atención de salud por estar en Dicom






Publicado el 30 de abril del 2012



Moción de diputados de diversas bancadas establece que los prestadores de salud no podrán consultar sistemas de información comercial para condicionar o restringir una atención de urgencia.



La iniciativa legal (boletín 8222) fue presentada con la firma de los diputados Javier Macaya (UDI), Enrique Accorsi (PPD), Felipe Harboe (PPD), Issa Kort (UDI), Patricio Melero (UDI), Marco Antonio Núñez (PPD) y Gastón Von Muhlenbrock (UDI) y de las diputadas Karla Rubilar (RN) y Marisol Turres (UDI).



La Ley 20.575, publicada en febrero pasado, establece que la consulta de los datos comerciales de las personas sólo podrá hacerse exclusivamente para la evaluación de riesgo comercial y el proceso de crédito y en ningún caso para fines de selección de personal, admisión educacional, atención médica de urgencia o postulación a un cargo público.



Dicha disposición legal, a juicio de los autores de la presente moción, debe aplicarse a a los prestadores privados de salud a fin de que estos puedan consultar sistemas de información comercial de ningún tipo, ni aún con el consentimiento del paciente, para efectos de condicionar o restringir una atención de urgencia.



Para dicho propósito el proyecto de ley agrega en el artículo 173 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469 un inciso octavo nuevo del siguiente tenor: “Con todo, los prestadores de salud no podrán consultar sistemas de información comercial de ningún tipo, ni aún con el consentimiento del paciente, para efectos de condicionar o restringir una atención de urgencia.".



La iniciativa fue remitida a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados para su estudio.

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