POSTULACIÓN DIRECTORIO FEDEVELA 2017

QUIENES PUEDEN PRESENTARSE AL DIRECTORIO


COMPOSICIÓN Y DURACIÓN.

Al Directorio corresponde la administración y dirección superior de la Federación, de conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las asambleas y estará constituido por 5   miembros que durarán   4  años en su cargo.  


REQUISITOS  PARA EL CARGO DE DIRECTOR.

Podrán postular y ser elegidos miembros del Directorio los socios de aquellos clubes que se encuentren vigentes en su afiliación anual y con certificado de personalidad jurídica actualizado, y que tenga  a  lo menos un año de  antigüedad en la Federación a la fecha de la elección.

Los representantes deben reunir los siguientes requisitos:

a.    Ser mayor de 21 años.
b. Ser chileno o extranjero con residencia en Chile por más de tres años.
c.    No ser miembro de la Comisión Electoral de la Federación.
d. Haber aprobado un curso de capacitación en materias de gestión y administración deportiva impartido o acreditado por el Instituto Nacional de Deportes de Chile, o un título universitario o profesional de carreras de a lo menos ocho semestres de duración. 

Para ser elegido en  cargo de Presidente, Vicepresidente, Tesorero o Secretario General de una FDN se necesitará, además, haber sido director o ex director de la propia Federación o de alguna de las organizaciones que forman parte de ella (Clubes).  

I
NHABILIDADES PARA SER DIRECTOR.

No podrán ser directores:

a.    Las personas sancionadas con inhabilidad por el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo
b. Los directores sancionados por la asamblea con la medida de censura
c.    Las personas condenadas por infracciones contempladas en la ley Nº 19.327
d. Las personas  condenadas  por  delitos  cometidos  con  ocasión  del  ejercicio  del  cargo  de  director  o miembro de una organización deportiva.
e.    Los fallidos o administradores o representantes legales de personas fallidas condenadas por delitos de quiebra culpable o fraudulenta.
f.  Las personas condenadas por delitos que merezcan pena superior a tres años y un día de privación de libertad, cualquiera sea la condena impuesta o efectivamente cumplida.

ELECCIÓN.
 
  • El Directorio de la Federación se elegirá en  Asamblea Ordinaria
  • Serán elegidos en una sola votación
  • Los candidatos se deben presentan por cargos
  • Resultarán elegidos aquéllos que obtengan la mayor votación
  • Cada candidato debe informar previamente su interés en participar del Directorio y especificar al cargo que postula. Se informa al correo: eleccionesfedevela2017@hotmail.com  a nombre de Comité Electoral
  • Una persona no podrá postular a más de un cargo simultáneamente.
  • La elección se realizará por cargos y no por listas.

El Comité Electoral será el responsable de llevar a cabo todo el proceso eleccionario durante la asamblea.

FUNCIONES DEL DIRECTORIO DE FEDEVELA      
                                                                                
                                                                                       
DEBERES DEL DIRECTORIO.

a.    Dirigir la Federación y fiscalizar cumplimiento de sus estatutos
b.    Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos.
c.     Convocar a asambleas de socios.
d.    Redactar los reglamentos
e.  Cumplir y ejecutar los acuerdos de las Asambleas Generales.
f.     Rendir  cuenta  anualmente
g.    Hacer llegar balance, estados financieros y  memoria del Directorio.
h.    Confeccionar  plan anual de actividades.


DEL PRESIDENTE Y DEL VICEPRESIDENTE

El Presidente del Directorio lo será también de la Federación, la representará judicial y extrajudicialmente y tendrá las demás atribuciones que los estatutos señalen.


ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE.

a.   Representar judicial y extrajudicialmente a la Federación;
b.   Presidir las reuniones del Directorio y las asambleas de socios;
c.    Convocar a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias;
d.  Convocar a los deportistas federados para la elección de la Comisión de Deportistas según nómina informada por la Comisión Técnica;
e.    Ejecutar acuerdos del Directorio sin perjuicio de las funciones que los Estatutos encomienden al Secretario, Tesorero y otros socios o dependientes que designe el Directorio;
f.     Organizar trabajos del Directorio y proponer  plan general de actividades de la Federación estando facultado para establecer prioridades en su ejecución;
g.    Fiscalizar   el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Organización;
h.    Proponer al Directorio las comisiones de trabajo que estime convenientes;
i.     Firmar  documentación propia de su cargo y aquélla en que deba representar a la Federación;
j.     Dar cuenta anualmente, en  asamblea general ordinaria de socios en nombre del Directorio de la marcha de la Institución y del estado financiero de la misma

VICEPRESIDENTE.

El Vicepresidente  deberá  subrogar  al  Presidente  en  aquellos  casos  en  que  éste  no  pueda ejercer sus funciones de manera transitoria, debiendo además colaborar permanentemente con él en todas las materias que a éste le son propias, correspondiéndole el control de la constitución y funcionamiento de comisiones de trabajo si las hubiere. 


DEL SECRETARIO, DEL TESORERO Y DEL DIRECTOR


DEBERES DEL SECRETARIO.

a.  Mantener actualizados los libros de Actas del Directorio, de Actas de Asambleas y
de Registro de Socios.
b.    Despachar citaciones a asambleas
c.    Preparar  Tabla de Sesiones de Directorio y de asambleas
d.    Autorizar con su firma la correspondencia y documentación de la Institución
e.    Cumplir con tareas que le encomiende el Directorio, el Presidente, los Estatutos y los Reglamentos, relacionados con sus funciones.   

DEBERES DEL TESORERO.

a.    Cobrar cuotas ordinarias y extraordinarias
b.    Llevar registro con entradas y gastos de la Organización;
c.   Mantener al día documentación mercantil de la entidad 
d.    Preparar el Balance
e.    Exhibir documentación financiera de la FDN a la Comisión Revisora de Cuentas
f.     Remitir informes contables al auditor externo responsable de auditar estados financieros de la FDN.
g.    Cumplir con todas las tareas que le encomiende el Directorio, el Presidente, los Estatutos y los Reglamentos, relacionados con sus funciones.


DEBERES DE LOS DIRECTORES.

El Director deberá colaborar con el Secretario y el Tesorero en su caso en todas las materias que a estos le sean propias.

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