Al Senado proyecto que permite a funcionarios municipales estudiar en el extranjero
La Sala aprobó, con 63 votos afirmativos y 1 abstención, el proyecto que amplía a los empleados municipales el beneficio de los funcionarios públicos para seguir estudios bajo la modalidad de designarlos en comisión de servicios.
El texto legal, que modifica el artículo 73 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para los funcionarios municipales, fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional. La moción (boletín 5710) fue presentada por los diputados Gonzalo Duarte, Sergio Ojeda, José Miguel Ortiz, Jorge Sabag, Eduardo Saffirio, Gabriel Silber, Patricio Vallespín, Mario Venegas y Carolina Goic.
La propuesta legal señala que la comisión de servicios no podrá exceder de tres años, a menos que el funcionario curse estudios de postgrado conducentes al grado académico de Doctor, en cuyo caso podrá extenderse por el plazo necesario para finalizar el programa, siempre que no exceda de cinco años.
El Jefe superior del Servicio sólo podrá disponer estas comisiones, siempre que los estudios se encuentren relacionados con las funciones que deba cumplir la respectiva institución. El texto modifica el artículo 73 del Estatuto Administrativo para funcionarios municipales, que señala que dichos empleados no podrán ser designados en comisión de servicio más de tres meses por año, en territorio nacional o extranjero.
La modificación propuesta mediante este proyecto, establece que este límite no será aplicable tratándose de funcionarios designados en comisión de servicio para realizar estudios en el país o en el extranjero, hayan sido o no beneficiados con una beca. Gracias a una indicación aprobada en la Sala por 46 votos a favor, 1 en contra y 6 abstenciones, se estableció que dicha comisión no podrá exceder de tres años, a menos que el funcionario curse estudios de pre grado o de post grado, en cuyo caso podrá extenderse por el tiempo necesario para terminar dichos estudios, siempre que el plazo total no exceda de siete años. Agrega la propuesta legal que el jefe superior del servicio sólo podrá disponer estas comisiones siempre que los estudios se encuentren relacionados con las funciones que deba cumplir la respectiva institución.
Por último, el proyecto establece que esto no será aplicable respecto de los delegados que designe el alcalde.
El texto legal, que modifica el artículo 73 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para los funcionarios municipales, fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional. La moción (boletín 5710) fue presentada por los diputados Gonzalo Duarte, Sergio Ojeda, José Miguel Ortiz, Jorge Sabag, Eduardo Saffirio, Gabriel Silber, Patricio Vallespín, Mario Venegas y Carolina Goic.
La propuesta legal señala que la comisión de servicios no podrá exceder de tres años, a menos que el funcionario curse estudios de postgrado conducentes al grado académico de Doctor, en cuyo caso podrá extenderse por el plazo necesario para finalizar el programa, siempre que no exceda de cinco años.
El Jefe superior del Servicio sólo podrá disponer estas comisiones, siempre que los estudios se encuentren relacionados con las funciones que deba cumplir la respectiva institución. El texto modifica el artículo 73 del Estatuto Administrativo para funcionarios municipales, que señala que dichos empleados no podrán ser designados en comisión de servicio más de tres meses por año, en territorio nacional o extranjero.
La modificación propuesta mediante este proyecto, establece que este límite no será aplicable tratándose de funcionarios designados en comisión de servicio para realizar estudios en el país o en el extranjero, hayan sido o no beneficiados con una beca. Gracias a una indicación aprobada en la Sala por 46 votos a favor, 1 en contra y 6 abstenciones, se estableció que dicha comisión no podrá exceder de tres años, a menos que el funcionario curse estudios de pre grado o de post grado, en cuyo caso podrá extenderse por el tiempo necesario para terminar dichos estudios, siempre que el plazo total no exceda de siete años. Agrega la propuesta legal que el jefe superior del servicio sólo podrá disponer estas comisiones siempre que los estudios se encuentren relacionados con las funciones que deba cumplir la respectiva institución.
Por último, el proyecto establece que esto no será aplicable respecto de los delegados que designe el alcalde.
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