Seguros en Tarjetas de Crédito

Antes de firmar un contrato, al solicitar una tarjeta de crédito de casa comercial o bancaria, debe preguntar y verificar si existen cobros por seguros asociados a estas tarjetas.


Recuerde que el cobro de un seguro, asociado a su tarjeta, formará parte de su cuenta, siempre y cuando usted ha dado el sí…a este contrato y aceptado los servicios, mediante su firma.


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Sus derechos básicos
•Si acepta algún seguro, debe hacerlo expresamente, es decir debe quedar alguna prueba de ello (documento firmado por ejemplo) y debe ser usted personalmente quien diga que acepta.
•Debe ser informado de las condiciones de contratación y cualquier otra característica relevante.
•Su silencio no es sinónimo de aceptación de un servicio que no le interesa.
•Si para obtener una tarjeta de crédito, en una casa comercial o banco lo obligan a contratar un seguro que usted no necesita o no quiere, tiene derecho buscar otra empresa, elegir libremente y evitar que le cobren un servicio no solicitado.
•Lo importante es que le entreguen toda la información que necesita antes de contratar el crédito para que pueda escoger responsablemente.
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Cuáles sí, cuáles no
•Algunos seguro son voluntarios, (robo, hurto, cesantía por ejemplo), pero hay otros como el de desgravamen que están incorporados en el contrato inicial y son requisito para otorgar una tarjeta de crédito. Esto dependerá de cada institución financiera o casa comercial con la que adquiere la tarjeta de crédito.
•Un ejemplo de lo anterior es el seguro de desgravamen, cuyo propósito es cubrir las deudas ante el eventual fallecimiento del poseedor de la tarjeta de crédito.
•Otro seguro, voluntario y no necesariamente requisito para obtener tarjeta de crédito es el de cesantía. El seguro de cesantía cubre en caso que el consumidor que tiene contratada una tarjeta de crédito pierda su trabajo.
•Para cobrar este seguro es requisito fundamental presentar finiquito ante la institución, no sólo la carta de despido y estar al día con las cuotas de la tarjeta.
•Si no ha pagado oportunamente las cuotas de la tarjeta de crédito, puede perder su derecho a cobrar este seguro.
•Ojo, porque no corresponde que le cobren seguro de cesantía si usted es estudiante, dueña de casa o adulto mayor. Son personas que no trabajan y por lo tanto nunca van a poder cobrar estos seguros.
•Una oferta que han agregado los vendedores de tiendas y casas comerciales en el último tiempo es el seguro por robo, hurto o extravío de documentos. Algunas compañías lo llaman el seguro de protección de documentos y protege contra robos, hurto o extravío de tarjetas de crédito, cédula de identidad, talonario de cheques, etc. Sin embargo, tenga en cuenta que aunque usted no contrate este seguro, las empresas son responsables ante cualquier uso de la tarjeta de verificar la identidad del comprador y velar por la seguridad de la compra.
•Si le interesa esta póliza, fíjese que no tenga deducible, o período durante el cual no hay cobertura del seguro. Lo aconsejable es leer todo y comprender perfectamente lo que le están ofreciendo y por lo que estará pagando.
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No olvide que los consumidores son libres de elegir el bien o servicio que desean adquirir y también son libres de aceptar o rechazar voluntariamente los seguros asociados a una tarjeta de crédito.

FUENTE. SERNAC

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