Cámara aprueba Protocolo que incluye a Rumania y Bulgaria en el TLC de Chile con la Unión Europea (UE)
El documento (Boletín 6261), suscrito en Bruselas el 24 de julio de 2007, también contiene un "acta de corrección de errores del referido segundo protocolo adicional", de 30 de junio de 2008. Fue aprobado por unanimidad en la Sala (89 votos) y despachado al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional.
El Protocolo tiene por objeto permitir que los nuevos estados miembros de la UE, Rumania y Bulgaria, puedan asumir como propios los compromisos adquiridos en el Acuerdo de Asociación suscrito por la Unión Europea y sus Estados Miembros con Chile en 2002.
La misma medida se debió adoptar en 2004 con la adhesión de las Repúblicas Checa, Eslovaca, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Malta y Polonia. El Protocolo no establece para Chile obligaciones distintas de las contenidas en aquel Acuerdo de Asociación.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos señala que la única consecuencia jurídica para nuestro país será la extensión por parte de Chile de las obligaciones y derechos ya adquiridos en el acuerdo de Asociación a los nuevos Miembros de la Unión Europea. Así, el comercio de bienes y servicios con la República de Bulgaria y con Rumania pasa a regirse por los compromisos de liberalización comercial.
El impacto en las finanzas públicas derivado del proceso de desgravación de las importaciones provenientes de estos dos países, como consecuencia de su incorporación como países Miembros de la Comunidad Europea se estimó, para el año 2009, en US$ 5,3 millones.
El Protocolo tiene por objeto permitir que los nuevos estados miembros de la UE, Rumania y Bulgaria, puedan asumir como propios los compromisos adquiridos en el Acuerdo de Asociación suscrito por la Unión Europea y sus Estados Miembros con Chile en 2002.
La misma medida se debió adoptar en 2004 con la adhesión de las Repúblicas Checa, Eslovaca, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Malta y Polonia. El Protocolo no establece para Chile obligaciones distintas de las contenidas en aquel Acuerdo de Asociación.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos señala que la única consecuencia jurídica para nuestro país será la extensión por parte de Chile de las obligaciones y derechos ya adquiridos en el acuerdo de Asociación a los nuevos Miembros de la Unión Europea. Así, el comercio de bienes y servicios con la República de Bulgaria y con Rumania pasa a regirse por los compromisos de liberalización comercial.
El impacto en las finanzas públicas derivado del proceso de desgravación de las importaciones provenientes de estos dos países, como consecuencia de su incorporación como países Miembros de la Comunidad Europea se estimó, para el año 2009, en US$ 5,3 millones.
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