Cámara aprueba proyecto que elimina secreto en votaciones de magistrados
La moción (boletín 4259), recibió 72 votos a favor en la Sala, y fue enviada al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional.
La iniciativa fue presentada por los diputados Eugenio Bauer, Edmundo Eluchans, Enrique Estay, Patricio Melero, Iván Norambuena, Manuel Rojas, Marisol Turres, Jorge Ulloa, Ignacio Urrutia y Felipe Ward.
El texto busca el conocimiento de la votación para la designación de jueces por parte de los ciudadanos. El texto modifica el artículo 282 del Código Orgánico de Tribunales y se basa en el principio de la publicidad y transparencia de los actos de la Administración Pública, consagrada en la Ley N° 20.050.
Hasta ahora, la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones realizan una votación secreta de las listas, ternas o propuestas necesarias para la elección de magistrados y jueces.
El proyecto aprobado, elimina el acto secreto, estableciendo que la formación de listas, ternas o propuestas, deberá hacerse por el tribunal respectivo con asistencia de la mayoría absoluta de los miembros de que se componga.
Agrega el texto que las elecciones se harán en votación por mayoría absoluta de los presentes. En caso de empate, se resolverá mediante sorteo.
La iniciativa fue presentada por los diputados Eugenio Bauer, Edmundo Eluchans, Enrique Estay, Patricio Melero, Iván Norambuena, Manuel Rojas, Marisol Turres, Jorge Ulloa, Ignacio Urrutia y Felipe Ward.
El texto busca el conocimiento de la votación para la designación de jueces por parte de los ciudadanos. El texto modifica el artículo 282 del Código Orgánico de Tribunales y se basa en el principio de la publicidad y transparencia de los actos de la Administración Pública, consagrada en la Ley N° 20.050.
Hasta ahora, la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones realizan una votación secreta de las listas, ternas o propuestas necesarias para la elección de magistrados y jueces.
El proyecto aprobado, elimina el acto secreto, estableciendo que la formación de listas, ternas o propuestas, deberá hacerse por el tribunal respectivo con asistencia de la mayoría absoluta de los miembros de que se componga.
Agrega el texto que las elecciones se harán en votación por mayoría absoluta de los presentes. En caso de empate, se resolverá mediante sorteo.
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