Constitución aprobó nuevo proyecto sobre la Defensoría de las Personas

La Comisión aprobó el proyecto que reformula anteriores iniciativas tendientes a crear la figura del "defensor del pueblo o del ciudadano", las que no habían logrado el respaldo ni el consenso necesario para ser aprobados.

Pese a la ratificación del texto, el diputado Edmundo Eluchans, quien preside la instancia parlamentaria, mostró su descontento con este avance y señaló que "no obstante que he reiterado mi posición a legislar sobre la materia, voté en contra el proyecto del Ejecutivo, porque me parece que es un mal proyecto".

El parlamentario dijo además que "estoy dispuesto a que estudiemos seriamente el establecimiento en nuestro régimen constitucional de esta institución de Defensor del Pueblo, pero en un texto mucho mejor preparado".

Asimismo, el diputado explicó que los principales problemas que presenta el proyecto del Gobierno se basan en la ubicación que se le da a esta reforma dentro de la Constitución. "Se habla de la Defensoría de las Personas entre los artículos que regulan las atribuciones del Congreso, lo que no corresponde", recalcó.

También dijo que en los países donde funciona la Defensoría de las Personas, "existe con el objeto de proteger a los ciudadanos frente a los abusos de los órganos de la administración del Estado y aquí en Chile, se quiere introducir además a las empresas privadas que prestan servicios de utilidad pública, lo que no me parece adecuado".

Finalmente, el legislador manifestó que "este proyecto comete el error de querer regular en la constitución el funcionamiento del Defensor y lo hace de una manera incompleta, vaga y confusa. Yo creo que en la Constitución debe aclararse cuál es el objeto de la institución y las características que debe cumplir quien desempeñe el cargo".

Historia y contenido del proyecto

El 12 de noviembre pasado, la Cámara rechazó un proyecto anterior, ingresado a tramitación en diciembre de 2003, que buscaba crear inicialmente el Defensor del Ciudadano y que posteriormente se llamó "Defensoría de las Personas".

Pese a que la iniciativa legal (boletín 3429) fue objeto de varias indicaciones, nunca logró generar el consenso necesario para su aprobación, pues al reformar la Carta Fundamental, necesitaba un alto quórum, de 3/5 de los diputados en ejercicio.

El actual texto se basa, precisamente, en los consensos logrados y en la certeza sobre la necesidad de contar con una Defensoría, como una garantía institucional de los derechos de las personas frente a la administración del Estado, en particular a las prestaciones que éste debe realizar para satisfacer sus necesidades públicas. Dicha necesidad también se extiende a las personas jurídicas particulares que presentan o ejercen servicios de utilidad pública.

En primer lugar, se propone que la Defensoría de las Personas sea un organismo autónomo, con personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, radicando el nombramiento del Defensor de las Personas en la Cámara de Diputados, sin que intervenga el Presidente de la República.

El objetivo fundamental del nuevo organismo será la promoción y resguardo de los derechos y garantías asegurados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales, siempre que se encuentren suscritos y ratificados por Chile y vigentes.

Como se señaló anteriormente, la entidad velará por el resguardo de tales derechos no sólo frente a actos u omisiones de los órganos de la administración del Estado, sino también de personas jurídicas que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública, en los términos que establezca la ley orgánica constitucional respectiva.

La Defensoría podrá tramitar quejas o reclamos o, en su caso, mediar ante el organismo o servicio público que corresponda. Además podrá acceder a la información de las entidades requeridas, las que estarán obligadas a prestarle colaboración.

El texto legal (boletín 6232) será informado en la Sala por el diputado Guillermo Ceroni.

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