Ministerio de Educación mantiene en $ 3.500 valor de la matrícula en establecimientos subvencionados
El decreto 3074 oficializado el 28 de noviembre, fijó el monto máximo del derecho de matrícula que podrán cobrar el 2009 los establecimientos subvencionados de enseñanza media y aquellos administrados por el DL 3166, de 1980; el que se mantuvo en tres mil 500 pesos.
Padres y apoderados pueden aceptar cancelar el total del monto o firmar convenio con el establecimiento para pagar hasta en tres cuotas este derecho o eximirse del pago. Cabe recordar que los establecimientos educacionales no pueden negarse o condicionar la matrícula de un (a) estudiante por el no pago de este derecho o su pago parcial
El cuerpo legal sostiene, además, que a los alumnos en condiciones de vulnerabilidad no se les cobra este derecho y recuerda que tampoco se puede cobrar matrícula a los (las) alumnos(as) de Educación Parvularia y Básica.
Agrega, por último, que los derechos de escolaridad podrán fijarse por los establecimientos de enseñanza media técnico profesional administrados por el DL 3166, de 1980, hasta un máximo de 1,5 UTM (56 mil 500 pesos en diciembre 2008)
Padres y apoderados pueden aceptar cancelar el total del monto o firmar convenio con el establecimiento para pagar hasta en tres cuotas este derecho o eximirse del pago. Cabe recordar que los establecimientos educacionales no pueden negarse o condicionar la matrícula de un (a) estudiante por el no pago de este derecho o su pago parcial
El cuerpo legal sostiene, además, que a los alumnos en condiciones de vulnerabilidad no se les cobra este derecho y recuerda que tampoco se puede cobrar matrícula a los (las) alumnos(as) de Educación Parvularia y Básica.
Agrega, por último, que los derechos de escolaridad podrán fijarse por los establecimientos de enseñanza media técnico profesional administrados por el DL 3166, de 1980, hasta un máximo de 1,5 UTM (56 mil 500 pesos en diciembre 2008)
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