Votarán cambios a normas sobre declaraciones de utilidad pública de predios
El proyecto de ley del gobierno (Boletín 6032), que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se discutirá mañana en la sesión de Sala que se inicia a las 11 horas.
La propuesta legal modifica el artículo 59 de la citada ley, que norma las declaratorias de utilidad pública contenida en los planos reguladores.
La iniciativa legal tiene como propósito perfeccionar las normas para prorrogar los plazos y permitir que a futuro se pueda volver a declarar de utilidad pública un predio, cumpliendo los requisitos legales.
El texto fue discutido por la Comisión de Vivienda de la Cámara, instancia a la que acudieron a expresar su opinión Jeannette Tapia y Luis Eduardo Bresciani, abogada y Jefe de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, respectivamente; Bettina Horst, investigadora programa económico del Instituto Libertad y Desarrollo; Jaime Pilasi, Carolina Arrau y Gonzalo Bustos, segundo Vicepresidente y abogados de la Cámara Chilena de la Construcción; Vicente Domínguez, Director Ejecutivo de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios y Malik Mograb, abogado de la Asociación Chilena de Municipalidades.
El proyecto consta de dos artículos permanentes y uno transitorio. Su artículo 1º establece un procedimiento simplificado para prorrogar por una sola vez los plazos de declaratoria de utilidad pública.
El artículo 2º intercala una letra q), en el artículo 24 de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, otorgando la facultad al Intendente Regional de prorrogar la declaratoria de utilidad pública, mediante resolución, previo acuerdo del Consejo Regional.
El artículo transitorio renueva por un año la vigencia de las declaratorias de utilidad pública que caducaban el 13 de febrero próximo.
La propuesta legal modifica el artículo 59 de la citada ley, que norma las declaratorias de utilidad pública contenida en los planos reguladores.
La iniciativa legal tiene como propósito perfeccionar las normas para prorrogar los plazos y permitir que a futuro se pueda volver a declarar de utilidad pública un predio, cumpliendo los requisitos legales.
El texto fue discutido por la Comisión de Vivienda de la Cámara, instancia a la que acudieron a expresar su opinión Jeannette Tapia y Luis Eduardo Bresciani, abogada y Jefe de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, respectivamente; Bettina Horst, investigadora programa económico del Instituto Libertad y Desarrollo; Jaime Pilasi, Carolina Arrau y Gonzalo Bustos, segundo Vicepresidente y abogados de la Cámara Chilena de la Construcción; Vicente Domínguez, Director Ejecutivo de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios y Malik Mograb, abogado de la Asociación Chilena de Municipalidades.
El proyecto consta de dos artículos permanentes y uno transitorio. Su artículo 1º establece un procedimiento simplificado para prorrogar por una sola vez los plazos de declaratoria de utilidad pública.
El artículo 2º intercala una letra q), en el artículo 24 de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, otorgando la facultad al Intendente Regional de prorrogar la declaratoria de utilidad pública, mediante resolución, previo acuerdo del Consejo Regional.
El artículo transitorio renueva por un año la vigencia de las declaratorias de utilidad pública que caducaban el 13 de febrero próximo.
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